Distrito Capital, Bogotá
Domingo, 24 de Septiembre de 2017
Cero tolerancia a la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
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#OjosEnTodasPartes es una campaña que da inicio el 23 de septiembre de 2015, liderada por el Ministerio de Comercio Industria y Turismo y se viene ejecutando desde el Área Protección al Turismo y Patrimonio Nacional de la Policía Nacional, esta campaña tiene como propósito fundamental crear un movimiento social que busca vincular a las entidades estatales, ciudadanía, estudiantes de colegios y universidades y prestadores de servicios turísticos en todo el territorio nacional, con el fin de prevenir la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes, flagelo que tanto daño hace a nuestra sociedad.

La Policía Nacional desarrolla actividades como sensibilizar y capacitar a profesores, estudiantes y prestadores de servicios turísticos, estos últimos adoptarán un Código de Conducta que deberán observar sus representantes legales, directores, administradores, empleados y contratistas vinculados a la prestación de servicios turísticos, Resolución No. 3840 del 2009.

Código de conducta:

  • Abstenerse de ofrecer en los programas de promoción turística y en los planes turísticos, expresa o subrepticiamente, planes de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes.
  • Abstenerse de dar información a los turistas, directamente o por interpuesta persona acerca de lugares desde donde se coordinen o donde practique explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
  • Abstenerse de conducir a los turistas, directamente o a través de terceros a establecimientos o lugares donde se practique la explotación sexual comercial de niños, niñas, así como conducir a estos a los sitios donde se encuentran hospedados los turistas, incluso si se trata de barcos localizados en Altamar, con fines de explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
  • Abstenerse de facilitar vehículos en rutas turísticas con fines de explotación o de abuso sexual con niños, niñas y adolescentes.
  • Impedir el ingreso de niños, niñas y adolescentes a los hoteles o lugares de alojamiento y hospedaje, bares, negocios similares y demás establecimientos en los que se presten servicios turísticos, con fines de explotación o de abuso sexual.
  • Adoptar las medidas tendientes a impedir que el personal vinculado a cualquier título con la empresa, ofrezca servicios turísticos que permitan actividad sexual con niños, niñas y adolescentes.
  • Denunciar ante el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y demás autoridades competentes, los hechos de que hubiere tenido conocimiento por cualquier medio, así como la existencia de lugares, relacionados con explotación sexual de niños, niñas y adolescentes y asegurar que al interior de la empresa existan canales para la denuncia correspondiente ante las autoridades competentes.
  • Diseñar y divulgar al interior de la empresa y con sus proveedores de bienes y servicios, una política en la que el prestador establezca medidas para prevenir y contrarrestar toda forma de explotación sexual de niños, niñas y adolescentes en viajes y turismo.
  • Capacitar a todo el personal vinculado a la empresa, frente al tema de prevención de la explotación sexual comercial de niños, niñas y adolescentes.
  • Informar a sus usuarios sobre las consecuencias legales en Colombia de la explotación y el abuso sexual de niños, niñas y adolescentes.
  • Fijar en lugar visible para los empleados del establecimiento o establecimientos de comercio el presente Código de Conducta y los demás compromisos y medidas que el prestador desee asumir con el fin de proteger a los niños, niñas y adolescentes.

Denuncie el delito de explotación sexual comercial a través de las líneas gratuitas a nivel nacional 123 y 141.