Estudio de siete casos de personas condenadas por delitos contra la administración pública en Colombia, entre el 2009 y el 2010, desde la perspectiva criminológica

Fecha de recepción: 2010-08-27. Fecha de aceptación: 2010-10-26

Liliam Arroyave-Cortés
Especialista en Psicología Jurídica. Magíster en Psicología Jurídica
Fuerza Aérea Colombiana (FAC)
dulcegaviota15@hotmail.com

Andrea Guerrero-Zapata
Especialista en Psicología Jurídica. Magíster en Psicología Jurídica
Defensoría Militar (DEMIL)
asesoriapsicojuridica@hotmail.com

RESUMEN

El objetivo de la presente investigación es describir características criminológicas de un grupo de siete personas condenadas por delitos contra la administración pública. Se tuvieron en cuenta variables sociodemográficas, el modus operandi (variable criminológica) y la personalidad (variable psicológica). En esta investigación, de tipo exploratorio, con análisis descriptivo y muestreo intencional, participaron siete hombres internados en dos cárceles de Bogotá y Villavicencio, entre el 2009 y el 2010, con edad promedio de 44 años. Se utilizaron como instrumentos el cuestionario de personalidad 16 PF forma B, la entrevista semiestructurada de modus operandi, el cuestionario de variables sociodemográficas y el cuestionario de deseabilidad social de Domínguez, Salas-Menotti y Reyes (2008). Los resultados revelan que existen rasgos de personalidad comunes en al menos cinco participantes: tendencia a pensamiento concreto, inestabilidad emocional, dominancia, locus de control externo, suspicacia, nivel alto de normatividad pero asociado a dolor psicológico, estabilidad laboral y buena remuneración, estudios superiores en ciencias económicas y derecho. Son personas sin investigaciones previas, actúan solas o recurren a un mínimo de personas, sin realizar mayores conductas para encubrir los actos delictivos; cometen los delitos en un período corto de tiempo. El tiempo de condena promedio fue de 84 meses.

PALABRAS CLAVE

Delito de cuello blanco, delitos contra la administración pública, estudio de la personalidad del condenado, corrupción administrativa, factores condicionantes del delincuente (fuente: Tesauro de política criminal latinoamericana - ILANUD).

ABSTRACT

This research is aimed at describing criminological characteristics among a group of seven individuals sentenced for offenses against public administration. Socio-demographic variables were taken into account, as well as modus operandi (criminological variable) and personality (psychological variable). In this research of exploratory nature, with a descriptive analysis and intentional sampling, six male inmates (average age 44) of two prisons in Bogota and Villavicencio took part between 2009 and 2010. As instruments, the personality questionnaire 16 PF, form B, the semistructured interview on modus operandi, the socio-demographic variables and the social desirability questionnaire by Dominguez, Salas-Menotti and Reyes (2008) were used. The results reveal that there are personality traits commonly shared by at least five participants, such as tendency to specific, concrete thought, emotional instability, dominance, external control locus, suspiciousness, a high normativity level though associated to physical pain, work stability and good remuneration, higher education studies in economic sciences and law. These are people with no prior investigation backgrounds; they act alone or with the help of a minimum number of people, without further behaviors to cover their criminal acts. Their offenses are perpetrated in a short period of time. Average prison sentence: 84 months.

KEY WORDS

White-collar crime, offenses against public administration, study of the convicted criminal’s personality, administrative corruption, the criminal’s determinant factors. (Source: Thesaurus of Latin American Criminal Policy - ILANUD).

Introducción

En Colombia, el fenómeno de la corrupción es antiguo; sin embargo, en las últimas décadas el análisis y el debate sobre esta problemática empiezan a tener cabida en los espacios estatales, no gubernamentales y académicos, en donde diversos casos que la ilustran han salido a la luz pública, entre otros la billonaria defraudación por parte de empleados de Foncolpuertos, hecho por el que se han abierto más de 400 procesos penales, por delitos como peculado, prevaricato, falsedad ideológica y concierto para delinquir (Agencia EFE, 2010); el proceso 8000, en el que se comprobó cómo dineros provenientes del narcotráfico ingresaron a una campaña presidencial; la corrupción dentro de entidades estatales, entre otros; todos han sido muestra de la corrupción en el interior de las entidades administrativas en Colombia.

Desde el 2002, la Corporación Transparencia por Colombia ha liderado el Índice de Transparencia de Entidades Públicas, como un ejercicio periódico y sistemático, que tiene por objeto fortalecer la institucionalidad del sector público e incentivar medidas de control de riesgos de corrupción en tales entidades. “El Índice de Transparencia de las Entidades Públicas es un instrumento que mide las condiciones institucionales que favorecen o previenen el surgimiento de riesgos de corrupción en las entidades públicas” (2008, p. 1).

Los resultados del Índice no son indicativos del nivel de corrupción de una entidad o sector, sino de los riesgos de corrupción que enfrenta; de esta forma, podrán tomarse decisiones desde lo gubernamental, que disminuyan la vulnerabilidad ante la corrupción, y desde la propia ciudadanía, para generar control social. En la última medición sobre el tema, realizada entre el 2007 y el 2008, la Corporación Transparencia por Colombia (2009), a través del Índice de Transparencia de Entidades Públicas, encontró que con un promedio de 69,5/100 las entidades públicas del nivel central colombiano muestran una calificación media en riesgos de corrupción.

Ante la problemática de la corrupción en Colombia, se han establecido diversos mecanismos legales para contrarrestar el detrimento al erario público; sin embargo, los delincuentes de “cuello blanco”, como se conocen este tipo de personas, continúan sin ser debidamente abordados desde disciplinas como la psicología jurídica, que permitiría comprender la problemática, establecer sus características criminológicas, proponer medidas de resocialización acordes con el perfil y la problemática e igualmente generar prevención de la corrupción.

Para aproximarse a este fenómeno, a continuación se revisarán, de forma sucinta, algunos autores que buscan conceptualizar y contextualizar la corrupción y los delitos económicos.

Antecedentes teóricos sobre el delincuente de cuello blanco

Ha sido difícil establecer el origen de la expresión white-collar (cuello blanco). Reyes (citado en Restrepo, 2002) dice que “proviene del título de una obra escrita por uno de los presidentes de la General Motors: Autobiografía de un trabajador de cuello blanco”. En realidad, el término white-collar (cuello blanco), por oposición al blue-collar (cuello azul) es de uso común, generalmente como adjetivo, tanto en Inglaterra como en Estados Unidos, para diferenciar a los ejecutivos, que de manera habitual se vestían con camisas que tenían cuellos duros de color blanco, de los obreros, que vestían overoles y camisas de cuello azul.

La denominación “delincuente de cuello blanco” fue creada por Sutherland en la conferencia titulada “The White Collar Criminal” en 1939, organizada por la American Sociological Society en la ciudad de Filadelfia, Estados Unidos. Posteriormente el término se difundió de forma tal, que configuró una denominación propia para este tipo de delincuentes (Friedrichs, 2009).

E. Sutherland, citado en Quijada y Muñoz (2004), en su obra Principles of criminology (1924- 1964), los define como aquellos delitos que no son perseguidos, investigados y llevados a juicio con decisión ejemplar. Existe una cierta distorsión a favor de los criminales de clase alta, social y políticamente poderosos, que pueden protegerse a sí mismos de las investigaciones.

En apariencia, Sutherland fue inspirado por E. A. Ross y su publicación de 1907, denominada Sin and Society: An analysis of Latter Day Iniquity (Pecado y Sociedad: Un análisis de los últimos días de iniquidad), quien promovió la noción de “el criminaloide”, refiriéndose al hombre de negocios que haya cometido explotaciones, y no necesariamente actos ilegales, con el fin de maximizar el beneficio, todo esto detrás de una fachada de respetabilidad y piedad. Ross consideraba estos criminaloides como culpables de insensibilidad moral.

Según Álvarez (2003), el concepto de delito de cuello blanco obligaba a todo un desplazamiento teórico para explicar las raíces del delito. Sutherland agudizó particularmente sus críticas contra el determinismo biológico, el individualismo extremo de psicólogos y psiquiatras, y también contra las explicaciones económicas del delito que tendían a identificar el delito con la pobreza. A través de ellas generó la teoría de la asociación diferencial, como una posible explicación al delito, en la cual Sutherland planteaba que el comportamiento criminal se aprende en contacto con otras personas mediante procesos de comunicación; así, tanto el móvil como la tendencia impulsiva estarían en función de un proceso de interpretación favorable o no de las disposiciones legales (asociaciones diferenciales), llegando a convertirse en delincuente el individuo en quien priman las interpretaciones desfavorables.

La corrupción y los delitos económicos

La Corporación Transparencia por Colombia (2008) define la corrupción como el mal uso del poder encomendado para obtener beneficios privados, realizado a través de ofrecer o solicitar, entregar o recibir, bienes en dinero o en especie, en servicios o beneficios, a cambio de acciones, decisiones u omisiones. Esta definición incluye tres elementos: a) el mal uso del poder; b) un poder encomendado, es decir, puede estar en el sector público o privado, y c) un beneficio privado, que no necesariamente se limita a beneficios personales para quien hace mal uso del poder, sino que puede incluir a miembros de su familia o amigos.

Según Ragagnin (2005), con respecto a los bienes jurídicos violados por este tipo de personas, son:

De carácter colectivo –defraudaciones a la administración pública, estafas, enriquecimiento ilícito, delitos tributarios, lavado de dinero, tráfico de drogas, armas, personas–, lo que requiere de la connivencia de los poderes públicos. Todo este abanico de posibilidades dentro de los delitos económicos, los hechos de corrupción, las mafias, los delitos contra el medio ambiente –entre otros–, involucra tanto a los empresarios como a los dirigentes políticos. Este tipo de conductas delictivas, en su mayoría tipificadas en el ordenamiento jurídico-penal, no son perseguidas de la misma manera que los delitos comunes (p. 53).

Los diferentes análisis de la criminalidad usualmente apuntan a los delitos de tipo violento, como el homicidio, las lesiones personales y los delitos sexuales; sin embargo, otro tipo de delitos, como los que atentan contra el orden económico, también generan en la sociedad daños significativos. En efecto, “la corrupción, sin duda, es un fenómeno dinámico, cada vez más sofisticado, complejo y extendido sobre distintos ámbitos de la vida pública y privada, capaz de mimetizarse hasta volverse imperceptible a los ojos de la ciudadanía, los empresarios, los gobiernos y la propia justicia” (Corporación Transparencia por Colombia, 2007, p. 8). En este sentido, Ragagnin (2005) asegura que las estadísticas criminales no dan cuenta de la real dimensión y distribución del fenómeno de la delincuencia, menos aún de aquellos delitos cometidos por integrantes de los sectores vinculados al poder.

Las personas que cometen delitos contra el patrimonio económico de un país, delitos informáticos, fraudes, estafas, celebraciones indebidas de contratos, entre otros, poseen dentro del imaginario colectivo ciertas características; sin embargo, desde el enfoque científico de la psicología jurídica en Colombia poco se ha escrito sobre el tema.

La criminalidad de cuello blanco presenta dificultades, como un alto índice de subregistro estadístico; frecuentemente se le denomina cifra dorada de la criminalidad, en tanto que a la criminalidad común de los poderosos (la no cometida “en el curso de su ocupación”), que permanece oculta, suele llamársele cifra parda de la criminalidad, haciendo “referencia a los sectores de la criminalidad oculta que permanecen en tal condición en virtud de que sus autores utilizan su poder para evitar que la misma llegue a ser conocida por las autoridades. Generalmente se emplea la expresión para referirse a la criminalidad común (no a la de cuello blanco) cometida por los poderosos y que permanece oculta, como resultado de la manipulación que los autores hacen de sus influencias en las esferas de control social” (Restrepo, 2002, p. 95).

La concepción de la delincuencia de cuello blanco, favorecida en forma tradicional por los científicos sociales, hizo hincapié en que el crimen no es un fenómeno limitado solo a la clase baja o causado exclusivamente por la pobreza, sino que también es cometido por personas con dinero, respetabilidad y alto estatus social. Según Green (2007), algunos científicos sociales se centran en la situación social del delincuente para poder ser catalogado como de cuello blanco, mientras que para los abogados, lo que en realidad determina la denominación es un grupo de delitos conexos.

Según Green, las características que deben determinar qué delitos se considerarán como de cuello blanco son las siguientes:

Falta de violencia, obtener un beneficio económico o una ventaja de negocios y el uso del engaño, astucia, abuso de confianza o la ocultación. Algunos estudiosos del derecho han prescindido de cualquier identificación detallada de las características y simplemente se estipula que se refiere a determinados delitos, tales como fraude, declaraciones falsas, perjurio, obstrucción de la justicia, el soborno y la extorsión, como delitos de cuello blanco (2007, p. 9).

Para Vaquera (2006), en el delincuente tipo estafador emergen componentes subjetivos para la comisión del delito, relacionados con la significación que se le da a la conducta que podría no ser vista como punible por algunas esferas sociales. De acuerdo con esto, determinadas culturas pueden generar la aceptación social de ciertas conductas punibles, llevando al sujeto a la introyección de esa conducta. Por tanto, ciertos significantes pueden dejar rastros a través de los lazos sociales.

El uso de estos significantes relacionados con corrupción está ligado a múltiples definiciones de la misma. Una de las más populares es la usada por el Banco Mundial, que dice: “el abuso de autoridad pública para conseguir un beneficio privado” (1997, citado en Misas, Oviedo y Franco, 2005, p. 25). En este concepto se incluyen el soborno y la extorsión, el fraude y la malversación de fondos, asegurando igualmente que la corrupción prolifera cuando las distorsiones del régimen normativo y de políticas dan oportunidades para ello y cuando las instituciones para combatirlas son débiles. Para Misas y cols. (2005), el concepto de corrupción depende de la opinión pública y de los parámetros culturales, ya que se centran en la consistencia de lo que significa el comportamiento; sin embargo, consideran que son actos de corrupción aquellos que reúnen las siguientes características: violación de un deber posicional, debe haber un sistema normativo que le sirva de referencia, de ahí que la corrupción pueda tener una naturaleza económica, política, jurídica o ética; de igual forma, los actos de corrupción están siempre vinculados a la expectativa de obtener un beneficio extraposicional y suelen realizarse en secreto. Sobre las posibles características de las personas que cometen delitos relacionados con corrupción, exponen que:

La defraudación del patrimonio público en gran escala requiere, por parte de los corruptos, una serie de competencias, habilidades y relaciones políticas, sociales y económicas que la hagan posible, y, al mismo tiempo, que se minimicen los riesgos de ser descubiertos, y, sobre todo, encausados y capturados por tales delitos (Misas y cols., 2005, p. 114).

Reyes (citado en Restrepo, 2002) asegura que es probable que la profesión u oficio propicie la ocasión para realizar ciertas formas de conducta desviada, en parte porque la profesión proporciona los conocimientos para la realización de conductas definidas como desviadas. Por tanto, es probable que muchos de estos delitos económicos sean cometidos por personas con profesiones ligadas a las ciencias económicas.

Con referencia al modus operandi, Misas y cols. (2005) aseguran que al revisar algunos casos colombianos, como el de Invercolsa, y los registrados en Putumayo, así como el de Dragacol, entre otros, en cuanto a defraudación del patrimonio público, encuentran que existen dos grupos principales con modus operandi diferente. Por un lado estarían “los políticos de orden local, con bajos niveles de escolaridad, sin experiencia en la complejidad del mundo financiero, sin nexos con el alto mundo económico social (la élite en el poder)” (Misas y cols., 2005, p. 115), que optan por defraudar usualmente al Estado a través de celebraciones indebidas de contratos, haciendo montajes en documentos de forma endeble, convencidos de que por su investidura política no serían investigados y, por otro lado, un grupo con un modus operandi mucho más sofisticado, que por sus características “presentan niveles educativos elevados, todos con educación superior, egresados de prestigiosas universidades… con experiencia laboral, tanto en el sector privado como en el público” (Misas y cols., 2005, p. 115), poseedores de un gran capital social, que los hace merecedores de respeto y reconocimiento, y que, por tanto, les permite accionar de una forma clandestina, para lo cual recurren por lo general a subalternos para la firma de documentos que pudieran resultar incriminantes.

Personalidad y delitos económicos

Se parte del principio de que las creencias y las percepciones de un individuo influyen directamente en su conducta. Es muy difícil entender la conducta de una persona si no se conoce la visión que tiene del mundo, a qué le presta atención, cómo interpreta las cosas, cuáles son sus expectativas e interpretaciones y cómo son sus relaciones con el mundo que lo rodea.

Para comprender la dinámica de la personalidad, diversos autores la han conceptualizado; sin embargo, para la presente investigación se tomarán como base teórica los planteamientos realizados sobre el tema por parte de Cattell.

Los investigadores de la personalidad, desde la perspectiva de Cattell, plantean que los rasgos de la personalidad tienen una organización jerárquica, en donde las dimensiones más amplias, o dominios, se encuentran en la parte superior y contienen los rasgos más reducidos, pero más específicos (Goldberg, 1993, citado en Liebert & Spiegler, 2000), que se encuentran debajo de ellos. El punto útil es que “el nivel de dominio permite comprender con rapidez al ser humano; la interpretación de las facetas de la escala da una evaluación más detallada” (Costa & McCrae, 1995, citado en Liebert & Spiegler, 2000); es decir, cada vez se acepta más que las dimensiones generales y restringidas de la personalidad brindan información complementaria y que, aisladas, ninguna tiene más significado que la otra. Resulta interesante observar que este punto de vista es congruente con una larga tradición de identificar diferentes niveles de especificidad en la evaluación de los rasgos de la personalidad, que se remonta por lo menos a Allport (Goldberg, 1993, citado en Liebert & Spiegler, 2000).

Cattell, en The Scientific Analysis of Personality, reportó que categorizó 16 rasgos de personalidad mediante el análisis factorial y procedimientos afines, y creó una prueba psicológica denominada el 16PF. A esos 16 Cattell (1993) los llamó rasgos fundamentales: la base sólida de la personalidad. Sostenía que solo era posible descubrirlos mediante el análisis factorial. Estableció que había tres factores importantes: el factor A, el cual hace referencia a una similar a la de introversión-extraversión; el factor B, relacionado con la inteligencia general, y el factor C, denominado la fuerza del yo. La esencia del factor C parece ser la incapacidad de controlar las emociones y los impulsos, especialmente al encontrar para ellos alguna expresión realista satisfactoria.

Por lo general los perfiles o caracterizaciones se han tratado desde una perspectiva clínica, y el 16PF es un instrumento que permite describir factores en términos de normalidad sin rotulaciones clínicas, pero que a su vez admite visualizar tendencias de esas características y que podrían ser considerados como indicadores clínicos de acuerdo con la intensidad en determinados factores.

Con referencia a la corrupción, Fernández (2006) y diversos autores (Babiak, 2000; Gustafson y Ritzer, 1995; Hart, Cox y Hare, 1995) plantean que los corruptos podrían presentar rasgos de personalidad psicopáticos: “se destacan aspectos tales como el conductual (estilo de vida parásito, irresponsabilidad, versatilidad criminal, pueden exagerar su estatus y su reputación), interpersonal (mentiroso patológico, falta de sinceridad, un cierto atractivo interpersonal, culpa a los otros de sus propios errores, tramposo, falso, engañoso, sin escrúpulos), afectivo (carencia de remordimiento o de sentimiento de culpa, carencia de empatía. Fracaso para aceptar la propia responsabilidad personal, intenta ocultar los estados emocionales) y cognitivo (planifica a largo plazo lo que va a hacer, considera alternativas para que no lo puedan castigar, busca procedimientos o alternativas para negar la criminalidad” (Fernández, 2006, p. 416)

Otros aspectos de personalidad de los corruptos fueron los expuestos por Millón y Davis:

Los corruptos parecen tener algunas características de personalidad diferenciales, y se resaltan las siguientes: malevolente (anticipación calculada del robo y del castigo), codicioso arriesgado (pero precavido), defensor de su reputación (busca que se le considere intachable, reacciona de una forma desairada cuando se le dice que ha robado), juega con su propia identidad, acomodaticio (por propio beneficio es amable, benevolente, servicial, adaptable, complaciente, adopta un cierto rol sumiso y de falsa e hipócrita inferioridad), apaciguador (intenta resolver conflictos para pasar inadvertido, hace ciertas concesiones a los intereses de los demás), un cierto grado de elitismo (busca una vida fácil, desea ascender socialmente, cultiva y se aprovecha de las ventajas individuales organizacionales o sociales), amoroso (socialmente seductor, persuasivo, elocuente y mentiroso, se transforma en un estafador patológico), compensador (intenta contrarrestar o compensar sus sentimientos de inferioridad, compensa sus deficiencias creando ilusiones de superioridad, busca ser admirado), sin principios (conciencia elástica, sin escrúpulos, desleal, fraudulento, engañoso, timador y con cierto grado de arrogancia), buscador de riesgos (le gusta buscar conductas arriesgadas, que tocan la frontera de la legalidad o son claramente ilegales) (2001, citado en Fernández, 2006, p. 421).

Aspectos legales de los delitos económicos en Colombia

Los delitos cometidos por los delincuentes de cuello blanco están asociados principalmente a los delitos de tipo económico, bien sea que utilicen medios informáticos o reales.

El primer tratado realizado en el mundo, relacionado con el tema de la corrupción, fue la Convención Interamericana contra la Corrupción (CICC), firmada en Caracas, Venezuela, el 29 de marzo de 1996. Colombia, por medio de la Ley 412 de 1997, ratificó la entrada en vigencia de dicha convención. A través de la CICC se pretende que los estados miembro de la Organización de Estados Americanos (OEA) desarrollen de forma conjunta estrategias para disminuir la corrupción, argumentando en su preámbulo que “el combate contra la corrupción fortalece las instituciones democráticas, evita distorsiones de la economía, vicios en la gestión pública y el deterioro de la moral social” (OEA, 1996, p. 3). Con esta convención se pone particular énfasis en la importancia de combatir la corrupción generada en el interior de los organismos estatales y la incursión de dineros producto de actividades ilícitas, como el narcotráfico.

Colombia hace parte de la CICC desde enero de 1999, fecha en la cual se depositó el instrumento de ratificación. “Posteriormente el Estado colombiano suscribió la Declaración del Mecanismo de Seguimiento a la Implementación de la Convención Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), el 4 de junio de 2001. En desarrollo de los compromisos adquiridos en calidad de Estado parte, tanto de la Convención como de la Declaración del Mecanismo de Seguimiento. Colombia debe adelantar ciertas tareas” (Presidencia de la República, 2007, p. 7). Estas tareas están relacionadas con la presentación de informes y planes de acción anuales, en los que el país se compromete a cumplir lo estipulado en la convención; a la vez, recibe retroalimentación por parte de un comité de expertos.

Posteriormente, en el ámbito internacional, la Organización de las Naciones Unidas (ONU) aprobó la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción (CNUCC), conocida como la Convención de Mérida, el 31 de octubre del 2003, y abierta a firma durante la Conferencia Política de Alto Nivel que se celebró del 9 al 11 de diciembre del mismo año, en la ciudad de Mérida, México. Por medio de esta convención se pretende generar políticas que brinden estabilidad y seguridad institucional al luchar en contra de la delincuencia organizada, que ataca la economía de un país y todas las formas de corrupción. Según la convención de la ONU, la corrupción puede amenazar la estabilidad política y el desarrollo sostenible de los estados, convirtiéndose en un fenómeno transnacional que requiere la cooperación internacional para prevenirla y luchar contra ella. A través de la Ley 970 de 2005 se aprueba la CNUCC en Colombia, que se constituye en un instrumento útil para aunar esfuerzos contra la corrupción.

Según la Secretaría de Relaciones Exteriores de México (2007), el objetivo de la Convención es fortalecer la cooperación internacional contra la corrupción. Para ello establece la obligación de los Estados parte de adoptar medidas preventivas, de penalizar una amplia gama de actos de corrupción, prestarse la más amplia cooperación internacional para la extradición, la asistencia jurídica recíproca y el decomiso del producto del delito, y de proporcionarse asistencia técnica. Asimismo, la Convención establece un mecanismo para la devolución al país de origen de los bienes producto de actos de corrupción, transferidos al exterior (ONU, 2003, p. 5).

A través de la Constitución Política de Colombia de 1991, la lucha contra la corrupción ha estado relacionada con la legislación del trabajo de los funcionarios públicos, como es el caso del capítulo 2 sobre la función pública, en el que se define al funcionario público como “los miembros de las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios” (Constitución Política de Colombia, 1991, artículo 123), debiendo estos mismos prestar juramento de cumplir y defender la Constitución y desempeñar los deberes que le incumben.

El Código Penal Colombiano (Ley 599 de 2000) relaciona en el título XV los Delitos contra la Administración Pública. En ellos se encuentran tipificados, entre otros: peculado (por apropiación, por uso, por aplicación oficial diferente, culposo), concusión, cohecho (propio, impropio y por dar u ofrecer), celebración indebida de contratos, tráfico de influencias, enriquecimiento ilícito, prevaricato (acción, omisión) y abuso de autoridad.

Aunque todos estos delitos se cometen en Colombia, los de mayor prevalencia son el peculado, el cohecho, el prevaricato, la concusión y el enriquecimiento ilícito. Según la Fiscalía General de la Nación, en su Anuario Estadístico 2006, el peculado por apropiación, el prevaricato por acción y el enriquecimiento ilícito figuran entre los “delitos de mayor frecuencia por seccional de fiscalías entre los años 2000 y 2006” (p. 185). En el año 2005, el delito de peculado por apropiación presentó 251 casos investigados como cifra más alta dentro del rango de años comprendidos entre el 2000 y el 2006.

En Colombia, en el 2007, el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción surge como la organización responsable, desde el interior de la Presidencia de la República, de coordinar la implementación de las políticas gubernamentales orientadas a disminuir la corrupción en la administración pública. Este programa, con la participación activa de la Procuraduría General de la Nación, de la Contraloría General de la República, del Consejo Superior de la Judicatura y de representantes de la sociedad civil, coordinó la elaboración del documento “Propuesta de una Política de Estado para el Control de la Corrupción” (Presidencia de la República de Colombia, 2007, p. 12).

Según el Programa Presidencial de Modernización, Eficiencia, Transparencia y Lucha contra la Corrupción (2008), la normatividad presente en Colombia para prevenir, investigar, juzgar y sancionar hechos de corrupción es amplia, incluyendo, entre otras, la Ley 80 de 1993, la Ley 190 de 1995, la Ley 270 de 1996, la Ley 489 de 1998, la Ley 610 de 2000, la Ley 678 de 2001, la Ley 734 de 2002, la Ley 909 de 2004, el Decreto-Ley 128 de 1976, el Decreto-Ley 01 de 1984, el Decreto 2232 de 1995, la Ley 850 de 2003, el Decreto 1421 de 1993 y el Decreto 2170 de 2002.

Con base en estas y otras reglamentaciones, a mayo de 2007 “la Unidad de Análisis e Investigación del Programa Presidencial de Lucha contra la Corrupción había tramitado 3.172 denuncias, de las cuales se habían trasladado 517 a la Procuraduría General de la Nación, 194 a la Fiscalía General, 100 a la Contraloría, 82 a las Superintendencias, 68 a las Unidades Anticorrupción del DAS y la DIJIN y 494 a otras entidades del Estado” (Presidencia de la República, 2007, p. 17-18).

Método

Teniendo en cuenta el panorama colombiano en torno a los delitos contra la administración pública y el incremento en los índices de corrupción y sus implicaciones, no solo en la gobernabilidad sino también su incidencia en la economía del país, surge la presente investigación desde la perspectiva criminológica, con el fin de indagar aspectos precisos en un grupo de personas condenadas por este tipo de delitos; por lo tanto, se planteó como pregunta investigativa: ¿cuáles son las características criminológicas de un grupo de siete personas condenadas por delitos contra la administración pública? Para ello se partió del análisis de rasgos de personalidad, variables sociodemográficas y patrones de comportamiento criminal de personas que han sido condenadas por delitos contra la administración pública, para dar respuesta a las preguntas subsiguientes: ¿qué rasgos de personalidad podrían caracterizar a este grupo de personas?, ¿qué características sociodemográficas identificarían a un grupo de personas condenadas por delitos contra la administración pública?, y ¿cuál es el posible modus operandi típico de un grupo de personas condenadas por delitos contra la administración pública? Para dar respuesta a estos interrogantes se plantearon los siguientes objetivos:

Objetivo general

Describir características criminológicas de un grupo de siete personas condenadas por delitos contra la administración pública.

Objetivos específicos

• Describir las características sociodemográficas de un grupo de personas condenadas por delitos contra la administración pública.
• Describir los rasgos de personalidad de un grupo de personas condenadas por delitos contra la administración pública.
• Reconocer patrones de comportamiento criminal en un grupo de personas condenadas por delitos contra la administración pública.

Tipo de estudio

La presente investigación es de tipo empírico, y se desarrolló en escenario de campo, por lo cual alcanzó un nivel de conocimiento de tipo exploratorio. Según Hernández, Fernández y Baptista (2006), este tipo de estudios tienen por objeto esencial abordar temas desconocidos, novedosos o escasamente estudiados. Son el punto de partida para estudios posteriores de mayor profundidad.

Diseño

Tiene un diseño no experimental, ya que no se busca la manipulación ni el control de variables y posee una metodología cuantitativa descriptiva.

Participantes

Se utilizó un muestreo intencional no probabilístico, debido a la dificultad para conseguir el tipo de población, en el que se escogieron personas que hubiesen sido condenadas por delitos contra la administración pública y que a la fecha de realización del estudio estuvieran cumpliendo condena. Se contó con la participación de siete sujetos, todos de sexo masculino, seis de ellos recluidos en un Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad y Carcelario de Alta Seguridad de Bogotá (EPAMSCASBOG BOGOTA-ERE), conocido como cárcel La Picota, y uno recluido en el Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario (EPMSC) de Villavicencio.

Las variables sociodemográficas que se tuvieron en cuenta en el estudio fueron: sexo, edad, nivel educativo máximo alcanzado, estrato socioeconómico y nivel de ingresos. Igualmente, se tuvo en cuenta el modus operandi y la variable personalidad, desde la teoría de los rasgos de Cattell.

Con referencia a los aspectos éticos y de control de garantía del estudio, se garantizó confidencialidad y manejo adecuado de la información recolectada; no se llevaron registros con nombres o número de cédula de ciudadanía, tan solo un código para identificar al sujeto dentro del estudio, lo cual se garantizó a través de un consentimiento informado.

Instrumentos

La prueba psicológica utilizada en la presente investigación fue el inventario de personalidad del 16PF (16 Personality Factors Inventory), creado por Cattell en 1977; para esta investigación se utilizó el 16PF forma B, una variación alterna de la forma A. Ambas contienen 187 ítems, que ofrecen una cantidad de 10 a 13 ítems para la medida de cada factor. Se empleó, igualmente, un cuestionario de variables sociodemográficas y una entrevista semiestructurada, para medir la variable modus operandi, la cual fue sometida a validez interjueces para su estructuración. Como mecanismo de control de validez adicional a la escala que tiene el 16PF para ello, se utilizó la escala de deseabilidad social de Domínguez, Salas-Menotti y Reyes (2008).

Procedimiento

El procedimiento de esta investigación consistió en la escogencia de la muestra en el establecimiento penitenciario y carcelario EPAMSCASBOG La Picota, de Bogotá, y el establecimiento penitenciario y carcelario EPMSC de Villavicencio. Estos dos centros de reclusión fueron escogidos por cuanto albergan población condenada por delitos contra la administración pública. En cada una de las dos cárceles se realizó la revisión de las personas que cumplieran los requisitos para esta investigación: haber sido condenado por un delito contra la administración pública, y que dicho delito fuera cometido en ejercicio laboral como funcionario público. Una vez escogida la muestra, el trabajo de recolección de datos se desarrolló en dos sesiones con cada uno de los sujetos del estudio. En la primera sesión se aplicó el cuestionario sociodemográfico y la prueba de personalidad 16PF forma B; en la segunda sesión se realizó la entrevista semiestructurada para medir la variable modus operandi y el cuestionario de deseabilidad social.

Se procedió a calificar de forma individual la prueba de personalidad, de manera que cada puntaje directo posterior a la revisión con los baremos se convierte en una puntuación de decatipo, la cual es interpretada. Se estableció la calificación para cada uno de los siete sujetos; posteriormente se revisó la calificación de todos los sujetos en cada uno de los 16 factores, para determinar si existe o no una tendencia en la puntuación.

Con referencia al cuestionario sociodemográfico y a la entrevista semiestructurada, una vez recogida la información fue codificada, tabulada y analizada estadísticamente.

Resultados

A partir de la revisión de los datos obtenidos en la aplicación de la prueba del 16 PF forma B, el cuestionario de deseabilidad social, el cuestionario sociodemográfico y la entrevista de modus operandi, se obtuvieron los siguientes resultados para cada una de las variables del estudio.

Desde las variables sociodemográficas se encontró que los participantes provienen de ciudades como Bogotá (2 participantes), Fusagasugá (1), Villavicencio (1), Granada (Meta) (1), Puerto Inírida (1) y Neiva (1). Con referencia a la edad, se encontró una media de 44 años y mediana de 48 años, que osciló la muestra entre los 26 y los 55 años. En cuanto al estado civil, cuatro de los siete participantes son casados.

En la subvariable nivel educativo se aprecia que de los siete sujetos, cinco tienen capacitación superior al bachillerato. De igual forma, de estos cinco, tres han realizado estudios de pregrado en el área de las ciencias económicas y el derecho, incluso algunos de ellos con estudios de nivel de posgrado.

En cuanto al nivel de ingresos económicos anteriores a la reclusión, se encontró que de los siete participantes, cuatro reportaban ingresos entre los dos y los cuatro SMMLV, los otros tres reportaron ingresos superiores a los cinco SMMLV.

Con respecto al último empleo desempeñado antes de la reclusión, todos los participantes refieren que tenían trabajo formal, seis en el área pública, y uno, si bien al momento de la comisión del delito tenía funciones como funcionario público, antes a la reclusión se desempeñaba como trabajador independiente. En cuanto a la modalidad de contratación, tres refieren haber tenido contrato a término indefinido, lo que implica estabilidad laboral y económica.

En cuanto a los resultados obtenidos a través de la aplicación de la prueba de personalidad 16PF, se estableció la calificación individual para cada uno de los siete casos.

A continuación se relacionan las puntuaciones obtenidas por cada individuo en los factores más relevantes del perfil de personalidad, y cómo estos factores se ven reflejados en su ocupación y el modus operandi.

Participante 1

Los rasgos que se destacan son: F3 (–) prudente, G10 (+) escrupuloso, M3 (–) práctico, O9 (+) inseguro.

Se encontró que un factor que marcaba puntaje extremo era el G (+), relacionado con la normatividad; es decir, este participante es una persona escrupulosa y disciplinada, rasgos que se requieren para desempeñar el oficio de investigador criminal y brindar servicios forenses en el área contable, para lo cual se requiere ser, además de lo anterior, reflexivo (F–), práctico (M–), crítico (Q1+), capaz de tomar posición (Q2+) y detallista (Q3+); todos estos factores de personalidad se encontraron en el participante, que le permitían en su ambiente laboral generar informes técnicos y pericias contables en diversos casos, sin ninguna dificultad anterior a los hechos por los cuales fue condenado; se observa que no presenta un nivel alto de desconfianza; posiblemente eso llevó a que no generara conductas para encubrir el delito de cohecho y fraude procesal y confiara en el coautor, quien posteriormente lo delató.

Debido a los puntajes G (+) y O (+), puede decirse que es una persona consciente de las normas sociales, que interioriza las normas para mostrar una mejor imagen; además, evidencia un desarrollo moral no muy elevado, con lo que busca evitar el castigo. Es posible que la comisión de delitos se deba a un dolor psicológico intenso, que provoca que se equivoque éticamente. Un F (–) y un O (+), como en este caso, indica tendencia a la culpa y a la depresión.

Participante 2

Los rasgos que se destacan son: B3 (–) pensamiento concreto, G8 (+) escrupuloso, M3 (–) práctico, N2 (–) sencillo, Q4 7 (+) tensionado.

Presenta dificultad para manejar problemas abstractos, tiene un juicio pobre, es lento de pensamiento y razonamiento poco brillante. Es moralista, formal, perseverante en las tareas que emprende, se muestra responsable, dominado por el sentido del deber, persistente, disciplinado, ordenado, preocupado por normas y reglas convencionales y rígidas. Busca mantener una imagen socialmente aceptada.

Persona convencional, alerta a las necesidades prácticas, evita cosas a largo plazo, es juicioso, práctico. Es socialmente descuidado, poco hábil para analizar motivos, se conforma con lo que encuentra, de mente vaga, sentimental, poca independencia, pocas habilidades en sus relaciones interpersonales, es espontáneo, natural, de gustos simples, carece de introspección, maneja niveles altos de tensión. N (–) y B (–), indica que es una persona que comete muchos errores de juicio, es crédulo. Teniendo en cuenta que ocupaba un cargo de elección popular en una corporación administrativa de un departamento, se espera un mayor nivel educativo al que tenía (bachiller) o un mayor conocimiento de la ley y los procedimientos de la administración pública; sin embargo, el sujeto no acepta la comisión del delito, argumentando que la conducta que él cometió no era una celebración indebida de contratos, sino que por credulidad confió en terceros al momento de hacer contrataciones sin los debidos controles legales.

Participante 3

Los rasgos que se destacan son: B1 (–) pensamiento concreto, C2 (–) inestabilidad emocional, E 2 (–) sumisión y L 9 (+) suspicaz.

Es un suboficial del ejército, quien fue condenado por el delito de cohecho y tráfico de estupefacientes. Sobresalen en él el pensamiento concreto, el locus de control externo, la sumisión y la suspicacia, aspectos que son congruentes con el oficio desempeñado; sin embargo, también sobresale la impulsividad, aspecto que, ligado al pensamiento concreto, estaría relacionado con el modus operandi de la conducta por la cual fue condenado, ya que él refiere que “no le vio la gravedad” a la conducta, es decir, la toma de decisión sobre el hecho punible, según él, fue de forma inmediata, sin mayor evaluación de consecuencias.

Participante 4

Los rasgos que se destacan son: B3 (–) pensamiento concreto, C2 (–) inestabilidad emocional, I8 (+) sensibilidad emocional, L8 (+) suspicaz, M3 (–) práctico, Q1 3 (–) tradicionalista y Q2 8 (+) autosuficiente.

Es un inspector penitenciario, condenado por el delito de concusión. En él prevalecen el pensamiento de tipo concreto, el locus de control externo, la suspicacia, es práctico, independiente, disciplinado y tensionado, factores que le permiten tener un desempeño óptimo en una labor como la que él desempeñaba; sin embargo, el locus de control externo hace que el sujeto tenga un poco de aceptación de la responsabilidad en sus propios actos, motivo por el cual niega la comisión de los hechos relacionados con el constreñimiento a otra persona, abusando de su cargo, para generar una utilidad indebida.

Participante 5

Los rasgos que se destacan son: A1 (–) reservado, C2 (–) inestabilidad emocional, I3 (–) racional, N10 (+) astuto, O9 (+) inseguro, Q4 10 (+) tensionado.

Es una persona desconfiada, retraída, escéptica, inflexible, independiente, altamente racional, poco tolerante a la frustración, lo que genera en él inestabilidad emocional; sin embargo, es amable, gentil, muestra confianza en sí mismo, aunque es moralmente inseguro. Presenta niveles altos de dolor psicológico y de tensión.

Se distinguen factores de personalidad que están muy acordes con su perfil profesional y ocupacional como contador de una entidad educativa pública, como, por ejemplo, ser reservado, racional, astuto, crítico; sin embargo, también se presentan en él factores que podrían estar relacionados con la conducta punible, un peculado por apropiación, como, por ejemplo, un alto dolor psíquico marcado por la tensión, angustia, fobias y dolores, rasgos de dominancia y un locus de control externo; cabe resaltar que si bien acepta la comisión del delito, arguye que la conducta fue realizada bajo coacción.

Participante 6

Los rasgos que se destacan son: A2 (–) reservado, L3 (–) confiado, O8 (+) inseguro, Q1 2 (–) tradicionalista y Q2 3 (–) dependiente del grupo.

Es reservado y retraído; sin embargo, se adapta con facilidad al cambio, hasta llegar a ser confiado con los demás pero inseguro en sí mismo; por tanto, sobresale su dependencia al grupo. Se evidencian en él sentimientos de inferioridad y autorreproche. Presenta un alto dolor psicológico. Es una persona respetuosa de las ideas tradicionalistas, depende de políticas y procedimientos claramente definidos. Es fácilmente influenciable, lo que podría generar en él faltas a la ética y a las normas sociales y legales.

Teniendo en cuenta su ocupación (suboficial de la Policía) y los hechos por los cuales fue condenado (prevaricato por omisión y tráfico de estupefacientes), sobresale en él la dependencia del grupo, ser tradicionalista e inseguro, factores de personalidad que lo llevan a la aceptación de una orden ilegal impartida por un superior, la cual no fue refutada por él.

Participante 7

Los rasgos que se destacan son: G8 (+) escrupuloso y Q4 7(+) tensionado.

Es moralista, formal, perseverante en las tareas que emprende, se muestra responsable, dominado por el sentido del deber, persistente, disciplinado, ordenado, preocupado por normas y reglas convencionales y rígidas. Se ha encontrado que puntuaciones altas en G se dan en personas que pueden obtener algo, al dar la impresión de ser más convencionalmente morales de lo que son en realidad. Busca mantener una imagen socialmente aceptada, presenta niveles altos de tensión y miedo. En este participante no se aprecian rasgos de personalidad que lo hagan proclive a la comisión de delitos, por lo cual el quebrantamiento de la ley estaría más relacionado con motivos extrapsicológicos.

De acuerdo con su perfil ocupacional y profesional (abogado, ex fiscal), se observa un nivel alto del factor G, el cual está relacionado con la normatividad; es decir, es una persona que conoce la ley y que, por tanto, sabe las implicaciones de una conducta ilícita.

Características comunes en los participantes

Una vez establecido el perfil individual del 16PF en cada uno de los participantes, se procedió a determinar si existían puntuaciones comunes entre ellos. Teniendo en cuenta que cada uno de los 16 factores de la prueba recibe un puntaje entre 1 y 10 (puntaje por decatipo), se establecen como puntos medios las puntuaciones entre 4 y 7, las menores de 3 son en extremo bajas, y las que están entre 8 y 10 son en extremo altas. En la siguiente tabla se aprecian las puntuaciones por decatipo de cada individuo en cada factor, la media de cada factor y la mediana.

TABLA 1. Puntuaciones transformadas a decatipos para los factores de personalidad de los participantes (N = 7) medidos a través del 16PF

Se encontraron puntuaciones generales de tipo medio para casi todos los participantes en la mayoría de factores; sin embargo, algunas puntuaciones eran extremas. Entre las puntuaciones medias se aprecian similitudes en los factores A, E, F, H, I, N, Q2, Q3 y Q4; en estos factores, cinco participantes o más puntuaron de forma media.

Las puntuaciones extremas en los participantes son las que permiten encontrar las conductas primarias que podrían generar comportamientos delictivos o apartados de la norma. Sobresalen en cinco participantes puntuaciones altas en factor G (>7), indicio de que presentan estándares normativos altos, es decir, conocen las normas y hasta cierto punto las aceptan; sin embargo, presentan igualmente tendencia a puntajes altos en factor O, lo que muestra que son personas con conflictos internos, inseguras, con miedo y dolor psicológico, que en muchos casos podría ser el motivo para la comisión de conductas ilícitas. De igual forma, se aprecia en todos los participantes tendencia a puntajes bajos en factor C, lo cual indica inestabilidad emocional, baja capacidad para afrontar la realidad y reconocer los errores. Tres de los participantes presentan puntajes bajos en B, hecho que revela un bajo nivel de razonamiento; si bien estos participantes tienen un alto nivel normativo, un elevado nivel intelectual es un prerrequisito necesario para un alto nivel de razonamiento moral, y al encontrarse en ellos este bajo nivel de razonamiento, se concluye que estas personas en muchas ocasiones no comprenden plenamente las implicaciones que conllevan sus acciones; al tener un pensamiento de tipo concreto, presentan un pobre insight y dificultades para manejar problemas abstractos.

Con referencia a los puntajes obtenidos a través de la escala de deseabilidad social, se encontraron en los participantes una puntuación media de 15,14 y una moda de 17, sobre un puntaje máximo de 30, signos reveladores de que no existen en ellos niveles altos de deseabilidad social, que indicaran una posible distorsión al momento de contestar los ítems, incluso de otras pruebas, por la necesidad de mostrar una mejor imagen de la real.

Los siete participantes fueron condenados, en promedio, a 84 meses por delitos como cohecho, concusión, celebración indebida de contratos, peculado por apropiación, prevaricato por omisión; incluso uno de ellos también fue condenado por tráfico de estupefacientes, delito que no está clasificado entre los que atentan contra la administración pública.

En cuanto al modus operandi, en forma generalizada se observa que ninguno había sido investigado previamente, ni en lo penal ni en lo disciplinario. Cuatro de ellos aceptan la comisión del delito, mientras tres aseguran no haber cometido la conducta punible, pero refieren que la condena se originó por falta de defensa técnica o porque la responsabilidad debió recaer sobre otras personas.

De los cuatro participantes que aceptaron la comisión del delito, dos admiten el dolo en la conducta punible, uno asegura que cometió el delito bajo coacción, y uno dice que fue engañado por otra persona. Los cuatro ocupaban cargos en los que podían tomar decisiones administrativas. En cuanto a la comisión del hecho delictivo, se encuentra que actúan en su mayor parte solos o recurren a un mínimo de personas, sin realizar mayores conductas para encubrir los actos delictivos; esto debido a que ocupaban cargos en los que podían tomar decisiones por sí mismos, sin recurrir a otros. Algunas acciones se realizaron en un periodo corto de tiempo. Fueron descubiertos por delación de compañeros.

Discusión

Existe una cierta distorsión a favor de los criminales de clase alta, social y políticamente poderosos, que pueden protegerse por sí mismos de las investigaciones. Esto se corrobora en los resultados de este estudio, ya que los participantes, de acuerdo con su estatus laboral, tenían la autonomía necesaria tanto para tomar decisiones como para generar protección y encubrimiento de sus actos delictivos.

Teniendo en cuenta lo planteado por Sutherland (citado en Restrepo, 2002), se aprecia que todos los participantes gozaban de respetabilidad social, tanto por el oficio desempeñado (por ejemplo, ser militar, la investidura de fiscal o de contador de una entidad pública) como por no presentar antecedentes penales o disciplinarios. Estos hallazgos corroboran, de igual forma, lo encontrado por Misas y cols. (2005) con referencia al nivel educativo y cierto nivel de prestigio dentro de su círculo social.

Todos los participantes del estudio, debido al tipo de muestreo utilizado, tienen la característica de haber cometido conductas que constituyen una violación de la ley penal, en este caso delitos contra la administración pública. De igual forma, en su mayoría, de acuerdo con lo planteado por Green (2007), independientemente de la tipificación o no penal, estas conductas antisociales fueron realizadas por profesionales de buenos ingresos, pues se observa que los participantes tenían trabajos estables, con ingresos salariares en algunos casos superiores a los diez SMMLV.

Según lo planteado por Vaquera (2006), con referencia al estafador, se aprecia en los participantes la representación social que existe sobre el delito económico y su instauración como conducta normal no ilícita dentro de la sociedad; de ahí que de los siete sujetos, cuatro aceptaban la comisión del delito, manifestaban que la conducta cometida era vista por ellos como algo normal, que otras personas también hacen y que, por tanto, tendría justificación dentro de esta sociedad, y si bien tres participantes aseguraban no haber cometido la conducta punible, referían que la condena se originó por falta de defensa técnica o porque la responsabilidad debió recaer sobre otras personas. Vaquera, de igual forma, plantea que este tipo de delincuentes tienen la facilidad para cometer estos actos delictivos. Al respecto, se encontró que seis de los siete participantes tenían control sobre sus acciones en el ámbito laboral, debido a que los cargos desempeñados no eran supervisados por parte de superiores o por su calidad de ser directivos.

De los siete participantes, seis ejercían profesiones. Según lo expuesto por Reyes (citado en Restrepo, 2002), estas propician la ocasión y los conocimientos para realizar ciertas formas de conducta desviada. Por ejemplo, en el área de las ciencias económicas y el derecho, carreras que brindarían los conocimientos relacionados con la administración de recursos y las conductas que posiblemente evitarían ser descubiertos al cometer los ilícitos.

Con referencia a los rasgos de personalidad encontrados en los participantes, algunos de ellos son concordantes con los planteados por diversos autores, como Babiak (2000), Gustafson y Ritzer (1995); Hart, Cox y Hare (1995) (citados en Fernández, 2006), en personas corruptas, por ejemplo, la irresponsabilidad, la falta de adecuada asertividad en las relaciones interpersonales y la negación de la criminalidad; ante esto último, si bien de los siete participantes cuatro aceptaron la comisión del delito, justificaban en la mayoría de casos la conducta. Estos autores plantean que los corruptos presentan rasgos de personalidad psicopáticos; sin embargo, no se empleó una prueba psicológica que midiera rasgos clínicos o una escala como la PCL-R para medir psicopatía. Los autores también plantean la presencia de falta de sinceridad; no obstante, los siete participantes contestaron la prueba de 16PF con sinceridad, y los resultados de la escala de deseabilidad en la que presentaron una puntuación media confirma que no existe la necesidad en ellos, al menos en lo concerniente a este estudio, a exagerar o encubrir aspectos de su vida; por tanto, no se aprecia la tendencia a atribuirse a sí mismos cualidades de personalidad que no estuvieran acordes con la realidad.

Conclusiones

Una vez realizado el estudio de los siete casos de personas condenadas por delitos contra la administración pública, desde las variables sociodemográficas, el modus operandi y la personalidad, en las ciudades de Bogotá y Villavicencio, se concluye que tienen como edad promedio los 44 años, eran trabajadores del sector público, con estabilidad laboral y buena remuneración. Provienen del interior del país (cuatro participantes) y los llanos orientales (tres participantes). Tres participantes son profesionales, incluso con nivel de posgrado en el área de las ciencias económicas y el derecho.

Se aprecia una diferencia sociodemográfica entre funcionarios públicos civiles y militares o de fuerza pública (nivel educativo, ingresos).

Con referencia a la personalidad, de los siete participantes, en al menos cuatro de ellos (en los factores B, M, N y O) o en cinco (factores C y G) se observan tendencias similares de puntuación, que indican de forma generalizada la tendencia al pensamiento concreto y el locus de control externo. Son inestables emocionalmente, escrupulosos, disciplinados y prácticos. Son preocupados, inseguros, ansiosos, con presencia de síntomas asociados a dolor psicológico. En cuanto a la deseabilidad social, no se evidencia la necesidad de mostrar una imagen mejor de la real al momento del estudio, fueron sinceros al contestar la prueba.

En promedio, se les aplicó una condena de 84 meses, por delitos como cohecho, concusión, celebración indebida de contratos, peculado por apropiación, prevaricato por omisión, tráfico de estupefacientes.

En cuanto al modus operandi, son personas que no registran investigaciones disciplinarias previas, que actúan solas o recurren a un mínimo de personas, sin realizar mayores conductas para encubrir los actos delictivos. Ocupaban cargos en los que podían tomar decisiones por sí mismos, sin recurrir a otros. Algunas acciones las efectuaron en un periodo corto de tiempo. Fueron descubiertos por delación de compañeros. Con referencia al delito, es importante resaltar la representación social que existe sobre él y su instauración como conducta. En cuanto a factores de personalidad asociados al modus operandi, se encuentra en todos la tendencia al locus de control externo, que lleva a los sujetos a atribuir a factores externos sus propias conductas.

Este estudio es una invitación a la realización de nuevas investigaciones en el tema, que permitan comprender la dinámica de la corrupción desde variables de tipo psicológico y criminológico, y a la necesidad de introducir más variables para conclusiones más específicas y sensibles, como puede ser grupos de contraste y grupos concordantes o exploraciones en más ciudades, condiciones socioeconómicas, género e incluso perfiles según instituciones y criminalidad asociada.

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