Elisa García-España
Doctora en Derecho.
Profesora Titular de Derecho Penal y Criminología,
Universidad de Málaga,
Málaga, España.
elisa@uma.es
José Becerra-Muñoz
Doctor en Derecho.
Profesor ayudante, Universidad de Málaga,
Málaga, España.
josebecerra@uma.es
Araceli Aguilar
Becaria de investigación, Universidad de Málaga,
Málaga, España.
araaguilar@gmail.com
El artículo centra la atención en la conclusiones más destacadas del último informe del Observatorio de la Delincuencia titulado “Realidad y política penitenciarias” (2012). Este informe analiza la situación del sistema penitenciario español a partir de datos ofi ciales que abarcan, por primera vez, el conjunto de España, incluida la administración regional catalana, que posee competencias delegadas en materia penitenciaria. El objetivo general es mostrar y comparar la realidad penitenciaria española. Además, explicar sus altas tasas penitenciarias comparadas con otros países europeos. El análisis descriptivo-cuantitativo usado en el examen de los datos ofi ciales se ha complementado con su estudio cualitativo-interpretativo, a partir de entrevistas semiabiertas con expertos en la materia. Los resultados muestran que las prisiones españolas están sobrepobladas en comparación con las de otros países europeos, hecho que confi rma que la causa no es la mayor entrada de presos, sino que en España se cumple íntegramente la pena.
Población penitenciaria, análisis, criminología, estadísticas delictivas, problemas carcelarios (fuente: Tesauro de política criminal latinoamericana - ILANUD).
The article focuses the attention on the most outstanding conclusions in the last “Observatorio de la Delincuencia” titled “Realidad y Politica penitenciarias” [Literally: Penitentiary reality and policy] (2012). This report analyzes the situation of the Spanish prison system from offi cial data covering, for the fi rst time, the Spanish State as a whole, including the regional Catalonian administration which has delegate competencies in prison-related matters. Showing and comparing the Spanish reality in this area is the general objective of this article, apart for explaining its high incarceration rates as compared with other European countries. The descriptive-quantitative analysis used in the examination of offi cial data has been supplemented with the qualitative-interpretative study thereof from semi-open interviews with experts in this matter. The results show that Spanish prisons are overpopulated as compared with those of other European countries, this being the confi rmation that the cause is not a higher number of incoming prisoners but the fact that sentences are entirely served in Spain.
Prison population, analysis, criminology, crime statistics, prison problems (Source: Tesauro de Politica Criminal Latinoamericana - ILANUD).
O artigo concentra a atenção sobre as principais conclusões do último relatório do Observatório da delinquência, intitulado “Realidade e política prisional” (2012). Este relatório examina a situação do sistema prisional espanhol, com base em dados ofi ciais que abrangem, pela primeira vez, toda a Espanha, incluindo a administração regional catalã, que possui poderes delegados no campo penitenciário. O objetivo geral é apresentar e comparar a realidade da prisão espanhola. Além disso, explica suas elevadas taxas prisionais em comparação com outros países europeus. A análise descritiva e quantitativa usada na prova dos dados ofi ciais foi completada com seu estudo qualitativo e interpretativo, a partir de entrevistas e semi-abertas com especialistas no assunto. Os resultados mostram que as prisões espanholas estão superlotadas em comparação com aquelas de outros países europeus, que confi rma que a causa não é que tem um afl uxo crescente de presos, mas que em Espanha a pena e cumprida totalmente.
População prisional, análise, criminologia, estatísticas delitivas, problemas carcerários (fonte: Tesauro de política criminal latinoamericana - ILANUD).
En el 2007 el Observatorio de la Delincuencia (ODA),
organismo creado por el Instituto de Criminología de
la Universidad de Málaga (vid. http://www.uma.es
/criminologia/oda.html), empezó en Málaga una serie
de encuestas de victimización que fueron de forma
progresiva ampliando su alcance al resto de las
capitales andaluzas para fi nalmente elaborar una de
carácter nacional (Informes ODA 2006, 2007, 2008 y
2009). Estas encuestas, a su vez, surgieron tras dos
años de análisis de estadísticas policiales (los Informes
ODA 2004 y 2005), cuyos datos de delincuencia
descubrieron la necesidad de aportar información
adicional que acercara más a la realidad. La intuición
en aquel momento acerca de que la evolución y el volumen de la delincuencia que se obtenían de las cifras
ofi ciales españolas no refl ejaba la verdadera delincuencia
del país, fue la hipótesis que llevó a realizar
las encuestas de victimización.
Se supo por medio de esos informes que la delincuencia
en España había descendido ligeramente
en las dos últimas décadas (García & Díez, 2012). Y a
través de otros autores se conoció que España posee
bajas tasas de criminalidad en comparación con
el conjunto de Europa y con los grandes países de
la Unión Europea (Díez, 2006), así como los efectos
que la política criminal punitiva estaba produciendo
en el ámbito penitenciario, esto es, un aumento desproporcionado
de la población penitenciaria (Cid,
2008). De esta manera se entendió no solo la evolución,
el volumen y la estructura de la delincuencia
en España comparada con el resto de Europa, sino
también las consecuencias que estaba provocando
la reacción formal a dicha delincuencia.
A partir de ahí, el ODA se planteó un nuevo reto:
el análisis de la política penitenciaria española y su
contextualización en el marco de la actual política criminal.
El objetivo fundamental era conocer el impacto
de la política penitenciaria española en el contexto
de una política criminal punitiva. Varias conclusiones
se extraen de los análisis realizados en dicho informe.
Entre ellas se destaca que la política penitenciaria
española ha tratado de compaginar la necesaria
creación de nuevas plazas con el diseño novedoso
de centros de atención dirigidos especialmente a la
reinserción, y también que la política penitenciaria española
parece haberse distanciado de los derroteros
punitivos en los que ha estado sumergida la política
criminal en España en la primera década del siglo XXI,
tratando de amortiguar los efectos negativos de la
misma (García & Díez, 2012).
Este trabajo pretende evidenciar las características
de la realidad penitenciaria española a la luz de otras
realidades penitenciarias europeas, y para ello se sirve
de gráfi cas estadísticas que permiten visualizar
claramente dicha comparativa. Si bien tal idea vertebra
este artículo, se profundiza también en algunos
aspectos concretos de las cárceles españolas, que se
consideran de interés para el lector y que nos ayudan a
alcanzar los objetivos concretos aquí propuestos, que
son: confi rmar que la explicación aportada a la elevada
tasa penitenciaria española se sostiene a la luz de un
análisis comparado de los sistemas penitenciarios europeos,
y, en segundo lugar, conocer en qué medida
esa sobrepoblación repercute en la convivencia interior
de las prisiones españolas.
Para realizar el trabajo, del que se han extraído los
datos que se presentan a continuación, se ha adelantado
un análisis descriptivo-cuantitativo (longitudinal
y transversal) de datos ofi ciales penitenciarios sobre
población e infraestructura, y seguridad interior (motines,
confl ictos, suicidios, etc.). Los datos publicados
por Instituciones Penitenciarias (IIPP) no eran sufi -
cientes para conseguir nuestros objetivos, por lo que
se solicitó autorización a la Secretaría General de IIPP
(en adelante SGIP) para que facilitaran los datos no
publicados en el marco del proyecto de investigación
“La política criminal securitaria: Indicadores, sesgos,
instrumentos y difusión internacional”, fi nanciado
por el Ministerio de Ciencia e Innovación para el período
2009-2012 y del que es investigador principal el
doctor José Luis Díez Ripollés.
Con el listado de datos aportados por la SGIP
se pretendía cubrir con rigor el análisis de unas
decenas de variables penitenciarias entre el 2000
y 2010. Para completar el panorama español se ha
recurrido igualmente a los datos aportados tanto
por el anuario estadístico de Cataluña (territorio
español que tiene competencias delegadas en
materia penitenciaria) como a las estadísticas básicas
de ejecución penal elaboradas por los servicios
penitenciarios del Departamento de Justicia
del Gobierno catalán.
Respecto a la comparativa internacional, que
es el objetivo central del presente trabajo, la información
utilizada es una combinación del Council of
Europe Annual Penal Statistics (SPACE I, 2009), los
datos recogidos en el Prison Brief por el International
Centre for Prison Studies (ICPS) y la información
ofrecida por el Eurostat. Los datos de esta segunda
fuente son más actuales, ya que incluyen mediciones
realizadas incluso en el 2011; sin embargo, no existe
homogeneidad alguna en su recolección y encontramos
países o variables que ofrecen información relativa
a diferentes años. Es por eso que en la mayoría de
las ocasiones preferimos renunciar a la novedad
de los datos para ganar en capacidad de comparación
y así poder analizar la situación de varios países
en el mismo momento, generalmente el 2009. En
cualquier caso, esta información es actualizada de
forma continua y puede ser consultada de manera
libre en www.prisonstudies.org.
Por consiguiente, tanto en el análisis de los datos
españoles como en la comparativa internacional,
se recogen datos que hacen referencia al total de la población penitenciaria española, lo que supone
toda una novedad en el panorama científi co actual,
que suele aludir exclusivamente al territorio competencia
de la SGIP o de Cataluña.
Acabada la aproximación descriptiva-cuantitativa
de los datos oficiales que habíamos recabado
de la SGIP y de la administración catalana se procedió
a realizar, como técnica complementaria,
entrevistas telefónicas semiabiertas a expertos
en la materia: a académicos especialistas en materia
criminal y/o penitenciaria, a políticos de IIPP
(entendiendo por tales los cargos de libre designación)
y a gestores del medio penitenciario, esto
es, aquellos que tienen que implementar de forma
concreta la legalidad y las decisiones políticas
(juristas de prisiones, funcionarios de vigilancia,
etc.). Se garantizó el anonimato de las opiniones
para que estas fueran expresadas con libertad.
El objetivo de estas entrevistas era conseguir las
diferentes lecturas que pueden derivarse del análisis
de los datos, así como explorar posibles hipótesis
de trabajo en el ámbito penitenciario.
La selección de los expertos se hizo a través de
la técnica de la bola de nieve. El criterio de saturación
sobre los diferentes enfoques y las personas,
así como la pérdida de dos entrevistas por problemas
de agenda, permitió contar con un total de
18 entrevistas. A cada de ellos se le ofrecieron los
resultados más relevantes alcanzados en el análisis
descriptivo.
Tomando la Unión Europea (UE), compuesta actualmente por 27 países, y los Estados Unidos de América (EE. UU.) como dos bloques de cierta homogeneidad poblacional 1, la comparación entre la población penitenciaria de una y otra región arroja un impactante resultado. Como se puede ver en la gráfica 1, la tasa de población penitenciaria en los EE. UU. es cinco veces superior a la de la UE.
Si se compara las tendencias en ambos bloques,
se puede observar también una diferencia acusada
entre ellos. Como se puede ver en la gráfi ca 2, la evolución
estadounidense es muy pronunciada. En el caso
europeo, sin embargo, se observa cierto ascenso en
los años noventa, con saltos de diez puntos cada tres
años, y una estabilización notable de su evolución durante
toda la primera década del siglo XXI.
Gráfica 2. Tasa de población penitenciaria por cada 100.000 habitantes
En la gráfica 3 se muestra información detallada
de cada país europeo, junto con la cifra
estadounidense, donde se observa que, a pesar
de las importantes diferencias entre los países
europeos, EE. UU. está a una gran distancia de
cualquiera de ellos, superando en más del doble
a Letonia, el país europeo que presenta la mayor
población penitenciaria.
Gráfica 3. Tasas de población penitenciaria en los países europeos y EE. UU. en el 2009
Los países europeos pueden quedar agrupados en
tres bloques, según sus tasas de población penitenciaria:
el primero de ellos formado por los conocidos “sistemas
eslavos exsoviéticos” (Sierra, 2011), como son
Letonia, Estonia, Lituania, Polonia y la República Checa.
Estos países son los únicos de la región que superan los
doscientos presos por cada 100.000 habitantes.
El segundo grupo está formado aún por países de
Europa del Este, como Eslovaquia, Hungría, Bulgaria
y Rumanía, pero en él se insertan algunos que no pertenecen
a esa región, como son España, Inglaterra y
Gales, y Luxemburgo. A partir de ese momento comienzan
a listarse los países del sur de Europa: Malta,
Chipre, Italia y Portugal, seguidos de los centroeuropeos
Francia, Bélgica, Austria, Holanda, Alemania,
quedando Grecia e Irlanda entre estos últimos, a pesar
de su situación geográfi ca.
Finalmente, los países nórdicos acaparan las
tasas de población penitenciaria más bajas: Suecia,
Dinamarca y Finlandia, siendo Eslovenia el último
de ellos, un país centroeuropeo y el único de
la UE de influencia yugoslava.
De este análisis pormenorizado de los datos
se deduce que los países europeos pertenecientes
al antiguo bloque soviético arrastran una tradición
más carcelaria, lo que los sitúa en las cotas
más altas de tasa penitenciaria. Sin embargo, esta
situación parece haberse empezado a corregir si
se tiene en cuenta la distancia que los separa a todos
ellos de los 600 presos por cada 100.000 habitantes
de Rusia en el 2010 (según el World Prison
Brief). El siguiente bloque de países es el de Europa
Occidental y, fi nalmente, los países escandinavos,
con su tradicional baja tasa penitenciaria. A pesar
de esto, existen determinados países que no se
encuentran en el lugar esperado para ellos. Es el
caso de España, que, junto con Inglaterra y Gales, y
Luxemburgo, presenta una tasa en torno a los 150
presos por cada 100.000 habitantes.
España ofrece la cifra más alta de estos tres países
(161), por encima de la media europea (136,8).
Parece claro, por tanto, que España posee la tasa
más alta de población penitenciaria entre aquellos
países que histórica, económica y políticamente se
asocian con España, esto es, los de Europa Occidental,
encontrándose en un extremo respecto a ellos.
¿A qué se deben estas altas tasas penitenciarias
en España?
A pesar de la variedad de factores que pueden
ayudar a dar una respuesta sólida a esta compleja
pregunta (González, 2011), la inmensa mayoría de
los expertos entrevistados dicen que el motivo principal
son las características del sistema penal español,
que hace que sea fácil entrar en prisión y difícil
salir de ella, especialmente para los inmigrantes.
Desde un punto de vista sociológico, se apunta a la
función de “contención” que ejerce la prisión sobre
el fenómeno migratorio. Según los expertos, los elementos
que intervienen en el sistema penitenciario
español para que exista una alta tasa de población
penitenciaria son los siguientes:
Por una parte, entre los mecanismos que facilitan
la entrada en prisión destacan el empleo excesivo de la
prisión preventiva y el escaso uso de penas alternativas.
En ambos aspectos los entrevistados aseguran
que España está lejos de equipararse al ponderado
uso que de esas fi guras se hace en otros países europeos.
Prestando atención exclusivamente a la prisión
provisional, se denuncia su utilización desproporcionada tanto con la población de inmigrantes, por falta de
arraigo social y, por tanto, por el temor a que se evadan
de la acción de la justicia, como con respecto a dos
fi guras delictivas que son las que engloban el mayor
número de presos: delitos contra la salud pública y la
propiedad. En el primero de estos casos la declaración
de “notoria cantidad” en los delitos contra la salud
pública se encuentra establecida en cantidades muy
bajas, lo que acarrea una alta probabilidad de ser condenado
a penas graves de prisión y, por tanto, a que
se decrete la prisión provisional. Sobre la segunda de
estas fi guras delictivas, el robo con fuerza en las cosas,
se cuestiona que en la regulación española se considere
un supuesto específi co de robo y no de hurto. Dicha
previsión determina que el hecho sea considerado delito
y no falta, en tanto que no se atiende a la cuantía
de lo sustraído, lo que aumenta las posibilidades de
decretarse la prisión preventiva para estos supuestos.
Por otra parte, entre las difi cultades para salir
de prisión se apunta a la extensión de las penas y
a los obstáculos para acceder a mecanismos de reducción
de la condena, dada la desaparición de la redención
de penas por el trabajo, el establecimiento
de períodos de seguridad que difi cultan el acceso al
tercer grado o el endurecimiento del acceso a benefi
cios penitenciarios, introducidos por la LO 7/2003,
de 30 de junio. En defi nitiva, se alude al excesivo
acercamiento de la pena nominal a la real.
En cualquier caso, los expertos entrevistados
apuntan que estas características del sistema penal
español no parecen distanciarse de la tendencia
existente a nivel internacional, que apuesta por un
mayor uso de las penas privativas de libertad. Veamos
a continuación el resto de datos para poder responder
mejor a la anterior cuestión.
Tras lo anterior, cabe preguntarse en qué medida
se hace un uso excesivo de la prisión preventiva
(gráfica 4).
Gráfica 4. Población penitenciaria preventiva respecto del total en el 2009 (%)
Se ha excluido a Italia de la gráfi ca 4 debido a
que presentaba una población preventiva del 80%,
dato que es desproporcionado y que probablemente
responde a un error. Más razonable es el dato
ofrecido por el World Prison Brief para el año 2010
de ese país, que, aun así, muestra una cifra de las
más altas de Europa: 40%.
En la aludida gráfi ca se puede ver cómo España
se sitúa por debajo de la mediana del conjunto
(26,79%) con un 20% de detenidos en prisión preventiva.
En este caso, la comparativa internacional sitúa
a España con una tasa menor que países como Italia
o Francia, pero con una población de preventivos
superior a la de Inglaterra o Alemania.
Cabe destacar en estos datos la ausencia de orden
regional en los países representados. En la parte
inferior de la gráfi ca se ve que por debajo de España
están países nórdicos, de Europa del Este y del centro.
No parece haber una explicación geopolítica al
porcentaje de preventivos en las prisiones europeas.
España es el país europeo con una mayor tasa de
mujeres presas, y superado por EE. UU. (gráfi ca 5).
Además, no se debe pasar por alto que, excluyendo
a este último país, tan solo hay un rango de 4 puntos
entre el valor más alto y el más bajo, es decir, todos
los países europeos tienen una población femenina
entre el 4 y el 7% de su población total.
Gráfica 5. Población penitenciaria femenina (%)
Con respecto a las mujeres en prisión preventiva,
se puede ver en la gráfi ca 6 que España no sobresale
por una alta tasa, pues su detención no recae en el
mayor uso de la prisión provisional por parte de los
jueces y tribunales españoles.
Gráfica 6. Mujeres en prisión preventiva respecto al total de mujeres en prisión en el 2009 (%)
También se dispone de datos acerca de la edad
que tienen los internos en los diferentes países. Los
menores de 18 años están escasamente representados
en los centros penitenciarios europeos. La mediana
de los valores ofrecidos es del 0,59%, siendo los
valores más altos los de Malta (3,44%), Inglaterra y
Gales (2,52%), Irlanda (2,42%), Rumanía (1,71%), Lituania
(1,52%), Letonia (1,31%) y Eslovaquia (1,28%); todos
los demás se encuentran por debajo del 1%. España
no aporta datos en este aspecto, ya que los menores
de 18 años no pueden cumplir penas privativas de libertad
en centros penitenciarios de adultos.
Para los mayores de 18 años, lo habitual es que
la franja de población que comprende internos de
18-30 años sea la más poblada, y especialmente esta
circunstancia es contundente en Lituania y Rumanía,
con más del 70% del total de población en esa
franja de edad. A pesar de ello, en algunas ocasiones
la mayoría de los internos se reparte casi en partes
iguales entre dicha franja y los que tienen de 30 a 40
años, como es el caso de Bélgica, Eslovenia, España,
Finlandia, Hungría, Portugal, República Checa y
Suecia, con menos del 5% de diferencia entre ambos
grupos de edad. Esta franja de los 30 a 40 años tan
solo es más numerosa que la anterior en Bulgaria,
Hungría, Italia, Portugal y República Checa, pero
nunca la supera en más de un 10% de la población.
En cuanto a los presos de más de 40 años, en ningún
caso llegan a sumar el 30% o más de la población
total. Dentro de estas edades, la primera década es
la más numerosa, con valores que pueden llegar
hasta el 23% (algo que los datos españoles no permiten
comprobar, ya que los datos de los 40-60 años
no están desagregados). De 50 a 60 años suelen
tener menos del 10% de los internos, salvo escasas
excepciones, y más de 60 años, una media del 3,62%.
Sobre la población extranjera que se encuentra
dentro del sistema penitenciario, España está 12,6
puntos por encima de la media europea (22%), con
un 34,69% de internos no nacionales en sus establecimientos
penitenciarios (vid. gráfi ca 7).
Gráfi ca 7. Población reclusa extranjera en el 2009 (%)
En la gráfi ca 8 se puede ver qué porcentaje de
la población extranjera en las prisiones de la UE
se encuentra aún en espera de juicio, es decir, son
presos preventivos.
Gráfi ca 8. Extranjeros preventivos respecto del total de extranjeros encarcelados en el 2009 (%)
España se encuentra en esta ocasión en una buena
posición en comparación con el resto de países, y
supera ligeramente el 30% de extranjeros en prisión
preventiva respecto al total de ellos, más de 6 puntos
por debajo de la media europea, que se sitúa en
el 38%. En Holanda, Polonia, Italia, Eslovaquia, Dinamarca
y Hungría la mitad de los extranjeros encarcelados
lo están sin haber sido juzgados.
Sin dejar el grupo de extranjeros que se encuentran
en prisiones, nos interesamos a continuación por
aquellos que pertenecen a países de la UE. En la gráfi -
ca 9 se puede ver que España ocupa un lugar extremo
con una de las poblaciones más pequeñas de internos
comunitarios, en el que predominan las nacionalidades
no comunitarias. La media europea de internos
comunitarios se sitúa en el 34,6%, es decir, más de 16
puntos porcentuales por encima de la cifra española.
Gráfica 9. Extranjeros comunitarios entre el total de extranjeros presos en el 2009
Profundizando en la población extranjera presa
en España, se advierte que su evolución presenta
una tendencia ascendente en los últimos años, aunque
en el 2010 se aprecia un ligero receso, como
puede apreciarse en la gráfica 10.
Gráfi ca 10. Evolución de la población extranjera presa en España
(% respecto al total de población presa)
Dentro de España, en el territorio catalán el crecimiento
de la población presa extranjera ha sido
mayor que en el resto del país. En los últimos años,
específi camente a partir del 2004, la progresión ascendente
es más pronunciada en las prisiones catalanas,
como se aprecia en la gráfica 11.
Gráfi ca 11. Evolución de la población extranjera presa (%)
De ahí que en el 2010 el porcentaje de presos
extranjeros en el ámbito de la SGIP es menor,
34,22%, que el de la comunidad autónoma de Cataluña,
donde alcanza el 44,2% en ese mismo año.
En la gráfica 12 se presentan las nacionalidades
más significativas en toda España en el 2010.
Son los extranjeros de Marruecos los que sobresalen,
aunque si se agrupan por regiones de origen
el panorama varía sustancialmente, puesto
que el porcentaje de los procedentes del Norte
de África y los de Latinoamérica son muy similares
(vid. gráfica 13).
Gráfica 12. Nacionalidades más signifi cativas en España, 2010
(% respecto al total de extranjeros en cada territorio)
Gráfica 13. Extranjeros agrupados por regiones de procedencia en España, 2010
La evolución de las distintas nacionalidades a
lo largo de los años estudiados puede verse en el
gráfi ca 14 a partir exclusivamente de los datos de
la SGIP, ya que no se disponen de datos catalanes
de años anteriores. Las nacionalidades elegidas representan
en su conjunto una media del 69% de la
población extranjera total en su respectivo año y
son consideradas por la SGIP como “las nacionalidades
más signifi cativas” dentro de las prisiones
de su ámbito de competencia.
Gráfica 14. Población penitenciaria de las nacionalidades más relevantes (territorio SGIP)
Teniendo en cuenta que en los años refl ejados
en la gráfi ca 14 la población reclusa extranjera ha
variado muy poco (del 2007 al 2010 los porcentajes
de dicha población han sido: 33,28%, 34,64%,
34,5% y 34,2%, respectivamente), se puede ver, por
un lado, cómo algunas nacionalidades han dejado
paso a otras a la hora de protagonizar el constante
aumento en el número de reclusos extranjeros en
España. De esta manera, disminuye de forma clara
el número de argelinos, brasileños y venezolanos,
mientras que aumenta, también con claridad, la población
de bolivianos, colombianos, ecuatorianos y
dominicanos. Como se puede apreciar, Nigeria es
el único país que no presenta lecturas en todos los
años. Tan solo se dispone de sus datos en el 2009
y 2010, y aunque proceden de la misma fuente ofi -
cial (IIPP) se han recogido de distintos lugares: en
el primer caso proviene del Informe General de IIPP
del 2009, y en el segundo, de datos remitidos por la
Subdirección General de Tratamiento y Gestión Penitenciaria.
Junto con lo anterior, al cruzar los datos relativos
al sexo y la nacionalidad de la población penitenciaria,
se obtiene que el 8,7% de presos extranjeros
en España son mujeres. Por otra parte, del total de
mujeres en prisión, el 39,6% son extranjeras. Su procedencia
se muestra en la gráfi ca 15.
Gráfica 15. Mujeres extranjeras según procedencia (%)
Se debe destacar que la población penitenciaria
femenina en ningún caso supera a la masculina
de la misma nacionalidad. Dicho esto, hay que
advertir que las mujeres extranjeras en prisión
proceden en su gran mayoría de países latinoamericanos.
Resulta, asimismo, interesante comprobar
que, a diferencia de lo que ocurre con el
total de la población extranjera presa, la mujer
africana está escasamente representada (vid. la
gráfica 16).
Gráfica 16. Mujeres extranjeras presas según regiones de procedencia (%)
En cuanto a la situación procesal de los presos extranjeros
en España, el total de estos sigue siendo
bastante superior al de los nacionales. Calculándolo
a partir de la suma de los penados y preventivos, sin
considerar otras clasifi caciones posibles como medidas
de seguridad o arrestos por impago de multas,
la conclusión es que un 30% de los extranjeros
en el 2010 se encuentran en prisión como medida
cautelar, mientras que en el caso de los españoles
esta cifra desciende al 18,56%.
No obstante, el número de preventivos extranjeros
viene descendiendo desde el 2003 en España
como se muestra en gráfi ca 17.
Gráfica 17. Extranjeros en situación preventiva en España (%)
La frecuencia y tendencia en Cataluña y el
resto de España es similar a lo largo de los años.
En las prisiones de ambas administraciones el
porcentaje de extranjeros en situación preventiva
ronda el 30%. Si bien Cataluña cuenta con un
porcentaje ligeramente mayor de extranjeros
preventivos, la tendencia en ambos territorios es
similar. Solo en el 2010 se aprecia un repunte en el
ámbito de la SGIP que no se reproduce en Cataluña
(gráfica 18).
Gráfica 18. Evolución de extranjeros en situación preventiva (%)
Con toda probabilidad es la situación de desarraigo, y su consiguiente riesgo de fuga, la que hace que los jueces adopten con más frecuencia la medida cautelar de la prisión preventiva con los extranjeros que con los españoles. Como consecuencia de ello, la situación procesal de los extranjeros en prisión puede ser una desventaja de cara a las posibilidades de disfrutar de recursos orientados a la reinserción social (García, 2001).
La estructura de la delincuencia en España presenta
unos contornos peculiares con respecto a otros
países. Los niveles de encarcelamiento por homicidio
y otros delitos patrimoniales diferentes del robo (lesiones,
violaciones, otras infracciones de naturaleza
sexual, infracciones económicas y fi nancieras) son
muy bajos. España se destaca de manera tradicional,
sin lugar a dudas, por tener presos por delitos de
robo o de tráfi co de drogas, con lo que se sitúa tan
solo a cuatro y seis lugares, respectivamente, de la
posición más alta entre los países comparados.
En cuanto a la duración de las condenas, en especial
las penas de prisión inferiores a un año, tan solo
Alemania y Holanda superan el 40% de internos en tal
situación, mientras que España se encuentra en el grupo
inmediatamente anterior (de 30 a 40%), junto con
Dinamarca, Finlandia, Francia y la República Checa.
En lo que se refi ere a las condenas de 1 a 5 años,
todos los países muestran cifras superiores a la
franja anterior, situándose entre el 30 y el 60%. Solo
España y Holanda presentan más internos condenados
a menos de un año de prisión que a una pena de
entre 1 y 5 años (aunque en España ambos grupos
son casi idénticos).
En la franja de 5 a 10 años el porcentaje de presos
es pequeño, entre los que llaman la atención los casos
de Bélgica, Letonia y Portugal, únicos países que
superan en este rango el 30% de internos.
Entre 10 y 20 años de prisión todos los países se
sitúan por debajo del 20%, excepto Rumanía, mientras
que en las condenas superiores a 20 años se
pueden ver valores escasos o inexistentes en todos
los países, viéndose las cifras más altas en Bélgica,
Luxemburgo e Italia.
Por último, en lo relativo a la cadena perpetua,
las cifras también son muy bajas, todas por debajo
del 10%. En esta parte se destaca por lo elevado
el dato de Inglaterra y Gales, cercano al 20%.
En este ámbito sorprenden Alemania, Finlandia
y Suecia, que a pesar de no informar de ninguna
condena de más de 20 años de prisión, sí lo hace
de cadenas perpetuas. En la Europa de los 27 países
tan solo España y Portugal no contemplan en
su legislación esta pena.
Si se acumulan las aludidas franjas se obtiene
una información muy interesante: en primer lugar,
las penas inferiores a 5 años acumulan gran parte
de las condenas en la mayoría de los países. Si se
calcula la mediana de todos ellos se puede comprobar
que el 68,1% de los internos condenados
en Europa lo son a menos de 5 años de prisión. Si
lo que se acumulan son las penas de menos de 10
años, se encuentra ya con una mediana del 86,8%
de los internos europeos con esta condena. La
mayoría de los países utilizan generalmente penas
de este calibre y todos tienen a más del 70%
de sus internos con sentencias de menos de 10
años de prisión.
Como se ha podido comprobar, España presenta
un alto porcentaje de población penitenciaria. Como
consecuencia de ello, sería lógico pensar que las entradas
a prisión son también elevadas, es decir, que
el sistema de justicia penal envía a más personas a
prisión que en otros países europeos. Sin embargo,
en la gráfi ca 19 se ve que la tasa de entrada en las
prisiones españolas durante el año 2008 no es alta
y se sitúa en 109 por cada 100.000 habitantes. Debe
tenerse en cuenta que este dato refl eja el número
de entradas que tienen lugar en dichas instituciones,
no de sujetos, por lo que pueden estar refl ejándose
varias entradas de una sola persona.
Gráfica 19. Tasa de entrada a instituciones penales por cada 100.000 habitantes. 2008
La alta tasa de población penitenciaria en España
no parece deberse al número de entradas. Como se vio
anteriormente, los autores han analizado la posibilidad
de que esta alta tasa responda a que la duración de las
penas en España sea más prolongada que en el resto
de Europa (Cid, 2008). Sin embargo, al analizar los años
de prisión de los sujetos condenados, España no presenta
diferencias reseñables en comparación con los
demás países. Como se indicó, si bien se encuentra por
encima de la media en condenas a menos de un año de
prisión, está 11 puntos por debajo de la media de condenas
a penas de 1 a 5 años, dos puntos por encima de
la media de 5 a 10, casi cuatro puntos por debajo de la
media de condenas de 10 a 20, un punto por encima en
condenas de más de 20 años; además, España es de
los pocos países que no tienen cadena perpetua. Así
las cosas, la única explicación que resta está relacionada
con el cumplimiento efectivo de las penas, de manera
que, a pesar de que los jueces españoles sancionen
con penas muy similares a las de los países europeos,
la estancia efectiva en prisión es más alta en España,
como ya lo demostró Cid (2008). Esta información es la
que transmite el dato que se expresa en la gráfi ca 20.
En esta se puede ver la tasa media de estancia en prisión
(en meses) donde, efectivamente, España ocupa
un puesto muy elevado, con una tasa cercana a los 17
meses, estando la mediana de los países representados
en 7,15 meses.
Gráfica 20. Tasa media de estancia en prisión (meses). 2008
Vemos, por tanto, que España es un país con
un gran número de personas encarceladas, lo que
ha de ir acompañado de la correspondiente inversión
en la construcción y el mantenimiento de
centros penitenciarios. En la gráfica 21 se puede
ver si la red de establecimientos disponibles satisfacen
las demandas de plazas del sistema de justicia.
Es la llamada tasa de ocupación, que toma
como referencia la capacidad física oficialmente
declarada por cada país.
Gráfica 21. Nivel de ocupación según la capacidad teórica (%)
En este aspecto, vemos que España se sitúa en los niveles más altos de Europa, tan solo superado por Chipre e Italia. España se encuentra 35 puntos porcentuales por encima de la media europea (ubicada en un 106,1%).
Los datos estudiados muestran un análisis longitudinal
y transversal de la situación penitenciaria
en Europa y, más detalladamente, de las consecuencias
de la política penitenciaria española. Se ha
podido comprobar que en materia penitenciaria, de
manera general, existe una Europa de varias velocidades,
representadas por los países orientales, centrales
y nórdicos. A este respecto, si bien la posición
de España debería ser cercana al segundo grupo, se
ha tenido ocasión de demostrar que esto, con frecuencia,
no ocurre.
Junto con ello, la comparación del conjunto de
países de la Unión Europea con EE. UU. es la que
arroja una llamativa situación, al refl ejar el segundo
una población penitenciaria cinco veces mayor que
el primero, además de una evolución ascendente y
mucho más pronunciada en los últimos 17 años. Precisamente
este dato global de población penitenciaria
es el primero que coloca a España en una extraña
posición, por encima de la media europea y con
cifras superiores a todos los países que histórica,
social y económicamente se relacionan con España.
En cuanto a las explicaciones a la sobrepoblación
que padecen las cárceles españolas, de gran interés
ha sido la información relativa a la cuantía de las
condenas, el tiempo medio de estancia en prisión y
el número de entradas durante el año objeto de estudio.
A raíz de la combinación de estos factores se
ha podido comprobar que el alto nivel de población
penitenciaria de España no responde a cifras altas
de entradas a prisión, ni tampoco a que las penas
impuestas por los jueces sean especialmente largas.
Parece claro que de los tres factores aludidos, la
responsabilidad de la alta población penitenciaria
española solo puede descansar en la estancia real
de los internos en prisión. Se trata de una explicación
que se confi rma al analizar los datos y observar
que España se encuentra cerca de la posición más
alta de estancia media en prisión por meses, solo
superada por Portugal y el dato rumano, que casi
triplica al portugués.
Esta alta tasa de población penitenciaria que
viene caracterizando a España está acompañada,
además, de uno de los índices de ocupación más altos
de toda Europa, que refl eja un sistema saturado
con el 141% de ocupación, 37 puntos por encima de
la mediana europea.
Es bien conocido que las altas tasas penitenciarias
de un país no siempre corresponden con los niveles
de delincuencia que padece. En España, como
se aludió, la delincuencia conocida a través de las
encuestas está en niveles bastante moderados en
comparación con el resto de países europeos y presenta
un leve descenso en las últimas dos décadas.
Por lo tanto, el análisis de los datos ofi ciales expuestos
en estas páginas, lejos de mostrar un aumento
de la delincuencia en España, apunta a un
fracaso de la política criminal española, embarcada
en derroteros punitivos muy populistas, pero inefi -
cientes e innecesarios desde el punto de vista económico,
funcional y humano.
ACAIP (2010a). Estudio de la masifi cación de los
centros penitenciarios españoles 2005-2010. Disponible
en www.acaip.info.
ACAIP (2010b). Informe de ACAIP sobre aumento
de la población reclusa en España. Disponible en
www.acaip.info.
Centro de Desarrollo de la Organización para
la Cooperación y el Desarrollo Económicos, OCDE
(2009). Perspectivas económicas de América Latina
2010. Recuperado en noviembre del 2011 de:
http://intranet.oit.org.pe/WDMS/bib/virtual/colecc_
oig/pub_ocde/perspectivas_economicas_
AL[2010].pdf.
Cid, J. (2008). El incremento de la población reclusa
entre 1996-2006: Diagnósticos y remedios. En
Revista Española de Investigación Criminológica, No 6.
Council of Europe (2010). Council of Europe
Annual Penal Statistics (SPACE I, 2008).
Council of Europe (2010). SPACE I, 2009.
Díez, J. L. (2006). Algunos rasgos de la delincuencia
en España a comienzos del siglo XXI. Revista
Española de Investigación Criminológica. Artículo
1, No 4. Disponible en http://www.criminologia.net/
pdf/reic/ano4-2006/a42006art1.PDF.
European Commission. Eurostat Database. Disponible
en http://epp.eurostat.ec.europa.eu/portal/
page/portal/eurostat/home.
Gallego, M. et al. (2010). Andar un kilómetro en
línea recta. La cárcel del siglo XXI que vive el preso.
Madrid: Comillas.
García, E. (2001). Inmigración y delincuencia en España:
Análisis criminológico. Valencia: Tirant lo Blanch.
García, E. (2007). Extranjeros presos y reinserción:
Un reto del siglo XXI. En Cerezo Domínguez, A.
& García España, E. (Coords.). La prisión en España:
Una perspectiva criminológica. Granada: Comares.
García, E. & Díez, J. L. (2012). Realidad y política
penitenciarias. Valencia: IAIC-Tirant lo Blanch.
González, I. (2011). Aumento de presos y Código
Penal. Una explicación insuficiente. Revista
Electrónica de Ciencia Penal y Criminología, Nº 13.
Disponible en http://criminet.ugr.es/recpc/13/recpc13-
04.pdf.
Grupo de Estudios de Política Criminal (2004).
Una propuesta alternativa al sistema de penas y su
ejecución, y a las medidas cautelares personales.
Disponible en:
http://www.gepc.es/index.php?mod=galeria&accion
=ver_noticia=192.
Igareda, N. (2007). Mujeres en prisión. En
Cerezo, A. I. & García, E. (Coords.). La prisión en
España: Una perspectiva criminológica. Granada:
Comares.
International Centre for Prison Studies. World
Prison Brief. Recuperado en octubre del 2011 de:
http://www.kcl.ac.uk/depsta/law/research/icps/
worldbrief/).
López, C. (2003). ¿Lucha contra la criminalidad
mediante el cumplimiento íntegro y efectivo de las
penas? Revista Española de Investigación Criminólogica
(REIC AC-02-03). Disponible en: http://www.criminologia.
net ISSN 1696-9219.
Ruiz de Erenchun, E. (2010). Algunos apuntes sobre
la reforma de la parte general del Código Penal.
En Revista Aranzadi Doctrinal, No 6.
Sierra R., J. (2011). “Manual de políticas penitenciarias.
Aproximación a través de estudios de caso”.
Universidad de Murcia.
U.S. Census Bureau. Disponible en:
http://www.census.gov/.