Objetivo

Dar aplicabilidad a los mecanismos alternativos de solución de conflictos,  conciliación y mediación, con el fin de brindar herramientas para fomentar la cultura del diálogo en los conflictos que se presentan al interior de la comunidad, evitando el escalonamiento de los mismos y contribuyendo a la convivencia pacífica.

Beneficiarios 

  • Población en general. 
  • ​Personal activo y en uso de buen retiro de la Policía Nacional: uniformados en todos sus grados, no uniformados, y su grupo familiar (cónyuges, compañeros permanentes, hijos, padres).

 

Servicios 

 

  • Conciliación Extrajudicial en Derecho.

  • Mediación en convivencia.

  • Orientaciones Jurídicas y Psicosociales.

Asuntos Conciliables 

 

  • Familia: Controversias sobre la custodia y el régimen de visitas sobre menores e incapaces, asuntos relacionados con las obligaciones alimentarias, declaración de la unión marital de hecho, su disolución y la liquidación de la sociedad patrimonial, rescisión de la partición en las sucesiones y en las liquidaciones de sociedad conyugal o de sociedad patrimonial entre compañeros permanentes, conflictos sobre capitulaciones matrimoniales, controversias entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paterna o la patria potestad, separación de bienes y de cuerpos.
  • Civil: Obligaciones civiles como títulos valores, contratos, responsabilidad extracontractual y demás situaciones de carácter civil. Deudas, contratos de arrendamiento de suministro, daños a propiedades, a vehículos, obligaciones de hacer mediante negocio jurídico. 
  • Penal: De acuerdo al artículo 522 de la Ley 906 de 2004, serán objeto de conciliación los delitos querellables, señalados en el artículo 74 de la misma Ley, entre los que se encuentran lesiones personales sin secuelas que produjeren incapacidad para trabajar o enfermedad sin exceder de sesenta (60) días, injuria, calumnia, abuso de confianza, entre otros.

Asuntos de Mediación 

 

  • En general desacuerdos y conflíctos en convivencia, de acuerdo con el Código Nacional de Policía y Convivencia y en relación con derechos renunciables y transigibles.
  • Perturbación de la tranquilidad.
  • Controversias entre vecinos.
  • Problemas con manejo de mascotas, basuras y escombros.
  • Diferencias familiares.

Horarios de Atención 

En los catorce (14) Centros de Conciliación y Mediación de la Policía Nacional el horario de atención al público es de lunes a viernes de 08:00 a 17:00 horas.