Incautamos 300 kilos de carne de res, no apta para el consumo humano

Los cuadrantes en controles al transporte de carne en las vías del Departamento.
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En el despliegue de la estrategia de seguridad ‘Semana Santa, Yo protejo la vida’, el Departamento de Policía Magdalena en planes operativos de control por parte de los uniformados pertenecientes al Modelo Nacional de Vigilancia Comunitaria por Cuadrantes en el municipio de Tenerife y el corregimiento de Pueblo Nuevo (Ariguaní), dentro de la línea de acción de seguridad ciudadana y en aplicación del Código Nacional de Policía y Convivencia por comportamientos que atentan contra la salud pública en materia de consumo de alimentos.

El primer caso se presentó momentos en que el cuadrante de Tenerife realizaba patrullaje sobre la vía que del municipio conduce al corregimiento Real de Obispo, cuando observan a un motocarro de color rojo donde se movilizaba una persona; a quien le detienen la marcha para practicarle una requisa y al verificar la carrocería del vehículo, se encuentran que llevaba dos reses despresadas con un peso de 240 kilogramos con un valor comercial de $ 1’800.000, no cumpliendo con la normatividad sanitaria vigente, por lo que proceden a la incautación y la imposición del comparendo en aplicación del artículo 110. ‘Comportamientos que atentan contra la salud pública en materia de consumo’ en el numeral 3[1] del Código Nacional de Policía y Convivencia y aplicando como medidas correctivas la Suspensión temporal de la actividad y dejar la carne a disposición de la Inspección de Policía para la Destrucción de bien.

El otro caso se presentó momentos en que el cuadrante realizaba patrullaje de control y vigilancia en el barrio La Separadora en el corregimiento de Pueblo Nuevo en el municipio El Difícil, cuando automóvil de color azul para practicarle una requisa y al verificar el baúl del vehículo observan dos sacos de lonas donde llevaba 65 kilogramos de carne de res avaluada en $ 978.00, la cual no cumple con la normatividad sanitaria vigente, que la patrulla procede a la incautación y la imposición del comparendo en aplicación del artículo 110. ‘Comportamientos que atentan contra la salud pública en materia de consumo’ en el numeral 3 del Código Nacional de Policía y Convivencia y aplicando como medidas correctivas la Suspensión temporal de la actividad y dejar la carne a disposición de la Secretaria de Salud del municipio de Ariguaní para la Destrucción de bien.

[1] Ley 1801 del 29 de julio del 2016, ‘Código Nacional de Policía y Convivencia’ articulo 110 numeral 3. Almacenar, transportar o vender derivados cárnicos que no cumplan con las disposiciones de inocuidad establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social y garantizar en todo momento la procedencia de los mismos.