Vamos juntos por el bienestar de la niñez con el Código de Policía

Con el Código Nacional de Policía y Convivencia combatimos flagelos que ponen en riesgo su seguridad.
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Artículo 34. Comportamientos que afectan la convivencia en los establecimientos educativos relacionados con consumo de sustancias. Los siguientes comportamientos afectan la convivencia en los establecimientos educativos y por lo tanto no deben efectuarse:

1. Consumir bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas, dentro de la institución o centro educativo.

2. Tener, almacenar, facilitar, distribuir, o expender bebidas alcohólicas, drogas o sustancias prohibidas dentro de la institución o centro educativo.

3. Consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas en el espacio público o lugares abiertos al público ubicados dentro del área circundante a la institución o centro educativo de conformidad con el perímetro establecido en el artículo 83 de la presente ley.

4. Tener, almacenar, facilitar, distribuir, o expender bebidas alcohólicas, sustancias prohibidas en el espacio público o lugares abiertos al público dentro del perímetro circundante de conformidad con lo establecido en el artículo 84 de la presente ley.

5. Destruir, averiar o deteriorar bienes dentro del área circundante de la institución o centro educativo. Parágrafo 10. Los niños, niñas y adolescentes que cometan alguno de los comportamientos señalados en los numerales anteriores serán objeto de las medidas dispuestas en la Ley 1098 de 2006 y demás normas vigentes en la materia.

También procederá la medida de destrucción del bien, cuando haya lugar.

Parágrafo 2°. La persona mayor de edad que incurra en uno o más de los comportamientos antes señalados, será objeto de la aplicación de las siguientes medidas correctivas, sin perjuicio de lo establecido en los reglamentos internos de cada establecimiento educativo:

COMPORTAMIENTOS

MEDIDA CORRECTIVA A APLICAR

Numeral

Multa General tipo 3; Destrucción de bien

Numeral 2

Multa General tipo 4; Destrucción de bien

Numeral 3

Multa General tipo 3; Destrucción de bien

Numeral 4

Multa General tipo 4; Destrucción de bien; Suspensión temporal de actividad

Numeral 5

Multa General tipo 2;Reparación de daños materiales de muebles o inmuebles

El conocimiento y aplicación de esta normativa permitirá generar las condiciones de seguridad y tranquilidad que son tan anheladas por todos los colombianos, entérese más en el siguiente enlace: https://www.policia.gov.co/codigo-nacional-policia

Código Nacional de Policía y Convivencia "Para vivir en paz"