Dentro de las diferentes actividades que desarrolla la Policía Nacional, tenemos a disposición de los ciudadanos los centros de conciliación, para facilitar y brindar oportunidades a la comunidad para que resuelva sus conflictos, siempre fomentando la tolerancia y la convivencia.
Desde agosto del año 2008, estos centros fueron creados mediante resolución por el Ministerio del Interior y de Justicia, para atender a todos los ciudadanos en diferentes sectores de Colombia. Particularmente en Santander tenemos un centro que brinda estas oportunidades de conciliación entre las comunidades, con abogados especializados quienes adelantan conciliaciones extrajudiciales en derecho hacen todas las actividades necesarias para que se acerquen las comunidades y cese cualquier conflicto a través del dialogo y el acercamiento. Dando aplicabilidad al mecanismo de conciliación y mediación con el fin de brindar alternativas a diferentes conflictos de tipo social, evitando el escalonamiento de los mismos, a través del dialogo como herramienta fundamental de la convivencia ciudadana.
Beneficiarios
Población en general, personal activo y en uso de buen retiro de la Policía Nacional, uniformados en todos sus grados, no uniformados y su grupo familiar (cónyuges, compañeros permanentes, hijos, padres).
Servicios
- Audiencias de Conciliación Extrajudiciales en Derecho
- Orientaciones Jurídicas y Psicosociales.
- Mediación en convivencia.
Asuntos Conciliables
Familia: Visita y protección legal de los menores de edad, fijación de la cuota alimentaria, declaración de la unión marital de hecho, liquidación de la sociedad patrimonial o de la unión marital de hecho, separación de cuerpos, conflictos sobre capitulaciones matrimoniales.
Civil: Obligaciones civiles como títulos valores, contratos, responsabilidad extracontractual y demás situaciones de carácter civil. Deudas, contratos de arrendamiento de suministro, daños a propiedades, a vehículos, obligaciones de hacer mediante negocio jurídico.
Penal: Todos los asuntos objeto de desistimiento que en el campo penal corresponden a delitos querellables y aquellos en que es viable la indemnización integral según artículo 522 de la Ley 906 de 2004, lesiones personales con menos de 30 días de incapacidad, abuso de confianza, injuria y calumnia.
Asuntos de Mediación
En general desacuerdos y conflíctos en convivencia, de acuerdo con el Código Nacional de Policía y Convivencia y en relación con derechos renunciables y transigibles.
Horarios de Atención
En los 12 Centros de Conciliación y Mediación de la Policía Nacional, el horario de atención al público es de lunes a viernes de 7:30 a 18:00 horas